Una sentencia vuelve a anular el tipo del impuesto de sociedades vasco
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha vuelto a dar un varapalo a las haciendas forales de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya al considerar "nulo de pleno derecho" el artículo que fija en el 32,5% el tipo de gravamen del impuesto de sociedades. La decisión del tribunal se produce en ejecución de una sentencia del Supremo que en diciembre pasado declaró ilegales los aspectos diferenciales del impuesto vasco respecto al que se aplica en el resto de España por considerarlos ayudas de Estado.
El TSJPV resuelve así a favor de la Federación de Empresarios de La Rioja, que presentó un incidente en ejecución de la sentencia tras la decisión de las haciendas vascas de aprobar, en mayo de este año, una nueva normativa en la que volvían a establecer el tipo en el 32,5%, frente al 35% vigente en territorio común. La resolución, que será recurrida por las diputaciones vascas, considera que éstas han mantenido "invariable" la redacción de este artículo, lo que representa una "contradicción plena e insoslayable" con la sentencia anulatoria del Supremo.
El TSJPV considera que las haciendas no han tratado de eludir de forma "global" el cumplimiento de dicha sentencia, sino que lo han hecho de forma "selectiva", por lo que estima parcialmente la solicitud de la patronal riojana.
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