El Gobierno catalán amplía la lista de altos cargos que recibirán una pensión
El Gobierno de la Generalitat pretende conceder una pensión, con carácter retroactivo, a todos los altos cargos que hayan formado parte de la Sindicatura de Cuentas, del Consejo Consultivo y del Consejo del Audiovisual de Cataluña (CAC). La medida también afectará a los titulares del Síndic de Greuges. La asignación se percibirá durante tres años tras cesar en sus funciones y, cumplidos los 65, dará derecho a una pensión vitalicia.
Con esta medida, el Ejecutivo catalán quiere regular el sistema de pensiones para "los altos cargos de la Generalitat de adscripción parlamentaria y de especial carácter institucional" que hayan dejado de ejercer sus funciones, según reza el proyecto elaborado por el Departamento de Economía. Hasta ahora sólo estaban reguladas por ley las pensiones de los ex presidentes de la Generalitat y del Parlament.
Aunque hay una ley específica sobre las pensiones de los ex presidentes del Parlament, de 1988, existe también otra normativa de 2003 que fija el estatuto de los presidentes de la Generalitat. Sin embargo, las leyes de los presupuestos son las que determinan anualmente las asignaciones de los consejeros al dejar el cargo.
El proyecto de ley, que la Mesa del Parlament ya ha admitido a trámite, establece que quienes hayan ejercido de síndic de greuges o hayan sido miembros de la Sindicatura de Cuentas tienen derecho a una pensión anual, que se pagará cada mes y que equivaldrá al resultado de multiplicar el 20% de la retribución anual del cargo por cada año de ejercicio. No obstante, el importe no podrá superar el 60% de dicha remuneración.
El Gobierno también pretende que las personas que hayan formado parte del Consejo Consultivo y del CAC reciban una asignación anual que equivalga al 10% del sueldo del cargo en ejercicio. En este caso, no se podrá percibir más del 40% de la remuneración.
Así, todos los altos cargos recibirán la pensión durante tres años y las personas que hayan desempeñado las correspondientes funciones durante dos años como mínimo y cumplan 65 años tienen derecho a recibir una asignación vitalicia equivalente al 70% de la pensión que les corresponda.
Quienes hayan cesado con anterioridad a la entrada en vigor de la ley podrán percibir la asignación.
Incompatibilidades
Este proyecto de ley, que el Parlament podría aprobar antes del verano de 2006, prevé que la pensión sea incompatible con los ingresos que se puedan percibir como diputado, miembro del Gobierno o alto cargo, tanto de la Administración del Estado como de la Generalitat, y de cualquier otro cargo público o de libre designación que sea remunerado.
Además el texto establece que no se podrán pagar simultáneamente la pensión y la asignación temporal. Sin embargo, es posible que los altos cargos reciban la pensión y a la vez ingresen un sueldo por su actividad profesional, aunque la suma de ambos importes no podrá superar la cuantía total de las retribuciones percibidas durante el ejercicio del cargo.
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