"El recurso da la posibilidad de cerrar un litigio estrictamente político"
En una valoración de urgencia, el catedrático de Derecho Constitucional Miguel Ángel Apar
icio Pérez, de la Universidad de Barcelona, señaló: "La impresión que me da el recurso es que todo él se basa en una petición de principio acompañada de una extensa variedad de razonamientos circulares. Viene a decir que, como el artículo 32 de la Constitución considera y regula la institución del matrimonio como la unión entre hombre y mujer, cualquier decisión normativa que modifique tal consideración, al desvirtuar tal institución, vulnera el precepto e incurre en inconstitucionalidad".
"Como es evidente", añade, "si se niega la premisa mayor (que es lo que hace la ley) la conclusión a que se llega es incorrecta. Y por eso, la totalidad del escrito de recurso gira en torno a argumentos que pretenden demostrar esa premisa sin, a mi juicio, resultar demasiado convincentes para quienes no arranquen del mismo presupuesto ideológico".
"La clave de la cuestión se halla en si el legislador puede ampliar el acceso a la titularidad del derecho al matrimonio, haciendo así una interpretación claramente extensiva de la Constitución y, por tanto, ampliando el propio contenido del derecho tal y como había venido siendo entendido, pues creo que la ampliación de la titularidad amplía también, en este caso, el correspondiente contenido del derecho al conferir facultades a quienes, anteriormente, podían hallarse excluidos", prosigue el catedrático de la Universidad Central de Barcelona.
"Los demás razonamientos, tanto históricos como jurisprudenciales como incluso político-sociológicos, son operantes sólo si, como digo, se parte de la preconcepción ideológica", prosigue Aparicio. "Incluso, el argumento histórico de la gestación constitucional del artículo 32 se puede volver en contra de lo que los recurrentes afirman: la ambigüedad de su redacción fue, precisamente, fruto de un consenso en que se hallaron presentes tanto la concepción tradicional como la que defendía la igualdad sexual en materia matrimonial".
"A mi juicio", prosigue Miguel Ángel Aparicio, "el legislador está perfectamente legitimado para ampliar los titulares y el contenido del contrato matrimonial y, como tantas cosas en el mundo jurídico, todas las argumentaciones del recurso pueden ser contestadas con iguales o mejores razones que las que allí se alegan si partimos de la base que nos estamos moviendo en terrenos puramente interpretativos".
"De todas formas", concluye el catedrático de Barcelona, "personalmente me alegro que se haya interpuesto este recurso porque nos da la posibilidad de que el Tribunal Constitucional cierre un litigio que, en mi opinión, es estrictamente político".
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