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El Consejo Consultivo ve inconstitucionales 20 artículos del proyecto de Estatuto catalán

El organismo pone reparos a otros 35 apartados en función de cómo se interpreten

Los artículos del Estatuto catalán que el Consejo Consultivo de la Generalitat considera inconstitucionales total o parcialmente son 20. Además, otros 35 artículos podrían ser de dudosa constitucionalidad en función de cómo se interpreten. Así consta en el dictamen que ha elaborado este organismo y que será entregado el próximo lunes al Parlamento de Cataluña, un mes después de que se iniciaran las discusiones de los siete juristas que lo componen. El informe califica también de inconstitucionales otras 16 enmiendas sometidas a discusión, la mayoría de ellas presentadas por CiU y ERC.

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Los artículos del Estatuto catalán que el Consejo Consultivo de la Generalitat considera inconstitucionales total o parcialmente son 20. Además, otros 35 artículos podrían ser de dudosa constitucionalidad en función de cómo se interpreten. Así consta en el dictamen que ha elaborado este organismo y que será entregado el próximo lunes al Parlamento de Cataluña, un mes después de que se iniciaran las discusiones de los siete juristas que lo componen. El informe califica también de inconstitucionales otras 16 enmiendas sometidas a discusión, la mayoría de ellas presentadas por CiU y ERC.

El texto del proyecto de reforma del Estatuto que aprobó la comisión del Parlamento catalán a finales del pasado mes de julio consta de 218 artículos, además de las disposiciones adicionales, transitorias y finales y enmiendas.

El dictamen que el próximo lunes hará público el Consejo Consultivo considera que 20 de esos artículos rebasan el marco constitucional. De los de mayor trascendencia política es la disposición adicional primera, que reconoce y actualiza los derechos históricos de Cataluña y los usa de argumento para el blindaje de algunas competencias, tal como aprobó la comisión parlamentaria el pasado mes de julio con los votos de CiU y Esquerra Republicana. El dictamen juzga inconstitucionales aspectos parciales de la propuesta de financiación del tripartito recogida en el título VI del Estatuto. Fuentes del Gobierno catalán expresaron su satisfacción porque consideran que las propuestas del tripartito han sufrido escasos retoques, mientras que las de CiU -en algunas ocasiones apoyadas por ERC- han sufrido un serio revés.

El texto del Consultivo también ha entrado a analizar las 554 enmiendas presentadas por los partidos políticos para su discusión parlamentaria. La más importante de todas ellas que ha sido declarada inconstitucional es la propuesta de financiación que hizo CiU, similar al concierto económico del que gozan únicamente el País Vasco y Navarra.

El dictamen cuestiona la constitucionalidad sobre las competencias que el texto estatutario atribuye a la Generalitat catalana en aspectos que afectan a seguridad pública, enseñanza, inmigración o contratación administrativa que se recogen de manera detallada en el texto.

En otros casos, las objeciones vienen por la forma de interpretar las llamadas relaciones de bilateralidad entre el Estado y la Administración autonómica. Es decir, competencias que son compartidas, pero que el texto estatutario califica de exclusivas para la Generalitat. La opinión del Consejo Consultivo es que, previamente al ejercicio de estas competencias, el Estado y la Generalitat deben ponerse de acuerdo sobre cómo aplicarlas y no se puede actuar de manera unilateral. Del mismo modo, los juristas del Consejo Consultivo consideran que 35 artículos del Estatuto son interpretativos, es decir, que pueden resultar constitucionales o inconstitucionales en función de cómo se apliquen. Por el contrario, todas las competencias compartidas entre el Estado y la Generalitat que se recogen en el nuevo Estatuto se declaran constitucionales por el Consejo Consultivo.

Para ampliar el marco de competencias de la Administración autonómica y darle encaje legal, el texto del Estatuto propone la modificación de seis leyes, así como de aquellas que regulen un organismo o un ente y la Generalitat tenga competencias para designar a sus representantes. Pues bien, el Consejo Consultivo considera también inconstitucional ese apartado. Se trata de la disposición adicional novena del Estatuto, que prevé la modificación de la ley orgánica del Poder Judicial, del Tribunal Constitucional, de Régimen electoral o la ley reguladora de las distintas modalidades de referéndum.

200 páginas

Otras dos leyes que el Estatuto propone modificar para ampliar las competencias de la Generalitat son la que regula el Estatuto del Ministerio Fiscal y la Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

El informe del Consejo Consultivo que el próximo lunes entregará el presidente de este organismo, Joaquim Tornos, al del Parlamento, Ernest Benach, ocupa unas 200 páginas. Aunque se trata de una ponencia conjunta, el texto ha sido elaborado de manera separada por los diversos consejeros después del debate y la votación. Muchos de ellos anunciaron durante las deliberaciones que formularían votos particulares que se incorporarán al dictamen como anexo. La mayoría de esas objeciones procederán de los consejeros Jaume Camps y Agustí Bassols, nombrados a propuesta de CiU, así como de Jaume Vernet, propuesto en su día por ERC.

Antes de que se iniciasen las discusiones del Consejo Consultivo, Camps y Vernet se opusieron a que se emitiera ese dictamen, al considerar que escapaba a las competencias de ese organismo, aunque los otros cinco consejeros entendieron que debían informar al tratarse de la ley más importante que pueda elaborar el Parlamento catalán y dado que la solicitaron la totalidad de los grupos parlamentarios.

Pasqual Maragall, durante una intervención en el Parlamento catalán.
Pasqual Maragall, durante una intervención en el Parlamento catalán.CARLES RIBAS

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