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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Excarcelaciones

La polémica decisión del juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz de no procesar por un nuevo delito de integración en banda armada y otro de amenazas terroristas al etarra José Ignacio de Juana Chaos ha llevado al Gobierno a instruir al fiscal general del Estado para que recurra su posible excarcelación en agosto próximo, así como las que puedan corresponder a otros etarras en fechas próximas. De Juana, condenado a 3.000 años por 25 asesinatos cometidos en la década de los ochenta, habrá cumplido en agosto poco más de 18 años de condena efectiva. La iniciativa del Gobierno es lógica, teniendo en cuenta la enorme conmoción social causada por esas posibles excarcelaciones, pero sería contraproducente ocultar sus muy limitados efectos jurídicos.

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La resolución del juez Pedraz es jurídicamente controvertida, pero no es en absoluto arbitraria. Está ampliamente motivada y aduce argumentos que, en última instancia, deberán pasar por el tamiz de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional al estudiar el recurso del fiscal, contrario a la decisión del magistrado. La posible excarcelación de De Juana Chaos, uno de los terroristas más sanguinarios de ETA, constituye sin duda un hecho tremendo, como ha señalado el ministro del Interior. Pero instrumentalizar la justicia para impedirlo lo sería aún más. Ese mensaje debería quedar meridianamente claro para evitar una presión intolerable sobre la independencia de los jueces. De Juana Chaos, como el resto de los etarras condenados en la década de los ochenta a cientos o miles de años por sus crímenes, deben al Código Penal franquista de 1973 que su deuda con la sociedad y con sus víctimas pueda quedar saldada legalmente con poco más de 18 años de condena efectiva, al haberse beneficiado de la redención de penas por el trabajo entonces vigente. Esa situación fue corregida por el actual Código de 1995, pero su aplicación retroactiva, ni es constitucionalmente posible ni puede suplirse con arreglos jurídicos forzados.

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El juez Pedraz mantiene que la actividad de De Juana Chaos en el denominado frente de presos y los artículos que publicó en el diario Gara en diciembre último -en los que ensalza al Movimiento de Liberación Nacional Vasco y pide al Estado que "saque sus sucias manos" de Euskadi- no implican que siga perteneciendo a ETA, un delito por el que ya fue juzgado y condenado. Una tesis de la que difiere radicalmente el ministerio fiscal, para quien el frente de presos está integrado en la organización. Lo que, a su juicio, da carácter de amenaza a los datos y nombres que ofrece el terrorista en sus artículos sobre funcionarios de prisiones y jueces que podrían convertirse en objetivo de la banda. Ésa es la cuestión que deberá esclarecer la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional y que es independiente de la posible excarcelación del etarra por cumplimiento de su anterior condena.

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