Cumplir la ley
Los alcaldes del Partido Popular que habían anunciado su negativa a casar a parejas homosexuales, alegando motivos de conciencia, han dado marcha atrás ante la contundente desautorización de la dirección del partido. Los dirigentes del PP han ofrecido en esta ocasión una muestra de cordura y de sentido democrático. Habría resultado cuando menos sorprendente que una formación política que mantiene una agria polémica con el Gobierno porque, a su entender, éste no cumple como debiera la Ley de Partidos avalara el anuncio de un futuro boicoteo a una norma aprobada por el Parlamento.
No hay razón además para que los alcaldes que sientan una repugnancia íntima insuperable a celebrar el matrimonio civil homosexual lo hagan en contra de sus deseos. Basta con que deleguen en otro miembro del Consistorio, como la ley prevé y es ya habitual por estrictas razones de dedicación personal y de división del trabajo. No hace falta, pues, que adornen la probable actitud homofóbica que late en su negativa, con motivaciones de conciencia -ideológicas o religiosas- y menos celebrarla como "un gesto de hombría". Si no se sienten capacitados para ejercer sus funciones públicas, la ley les abre un portillo para no tener que soportar esa prueba. Eso es todo.
La objeción de conciencia es algo muy serio como para poder alegarla arbitrariamente frente a obligaciones legales ineludibles o para justificar conductas y actitudes que no encajan en la Constitución. Exige además una regulación expresa por ley, como es el caso de los médicos frente a los supuestos de aborto o el de los antiguos objetores al servicio militar obligatorio. En el caso del matrimonio civil, que la Iglesia católica no admite para sus fieles, no se conoce que ningún alcalde católico haya planteado objeción alguna a su celebración. De lo que se deduce que si lo hiciera ahora sería por la condición homosexual de los contrayentes. Se trataría de una discriminación constitucionalmente inadmisible y que la objeción de conciencia, como parte del derecho fundamental a la libertad ideológica y religiosa reconocido en el artículo 16 de la Constitución, no puede amparar.
Esta misma discriminación, que dimana de la consideración de la homosexualidad como algo moralmente depravado y que vulnera un pretendido orden natural, late también en las abundantes tomas de posición de algunos representantes de la jerarquía eclesiástica. Es especialmente aberrante comparar las leyes nazis, que abrieron el camino a Auschwitz, con leyes democráticas que amplían la libertad de la persona. Como es irresponsable animar a la desobediencia civil frente a leyes del Estado. Son este tipo de declaraciones las que provocan escándalo y no que los homosexuales puedan casarse.
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