La Junta impugnó diez acuerdos urbanísticos en Benalmádena en 2004
Los acuerdos suponían cambios sustanciales en el uso del suelo urbano planificado
La política urbanística del alcalde de Benalmádena, el independiente Enrique Bolín, vuelve a estar en la picota. A lo largo del año 2004 la Junta impugnó ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) una decena de acuerdos tomados por el consistorio porque suponían alteraciones sustanciales en los usos del suelo urbano. A esas impugnaciones se unen dos denuncias que han motivado sendas investigaciones de la Fiscalía por presunto delito urbanístico.
Los contenciosos judiciales entre la Administración autonómica y la local a cuenta de la política urbanística no son privativos de Marbella, aunque la dimensión del problema en esta ciudad no tiene parangón en el resto. Los recursos obedecen a un conflicto de competencias entre la Junta y el Ayuntamiento, pues se refieren a modificaciones de elemento al Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) y planes parciales de desarrollo que afectan a la estructura general del planeamiento municipal. Por ello la Consejería de Obras Públicas y Urbanismo alega que es ella el organismo competente para aprobarlas definitivamente, y no el Ayuntamiento, por lo que considera los acuerdos de pleno municipal "nulos de pleno derecho".
Entre los acuerdos impugnados figura el del Plan Especial de Reforma Interior (PERI) para el desarrollo de cinco manzanas en la urbanización Torrequebrada donde se localizan las dos licencias concedidas por el alcalde con informes contrarios de los técnicos municipales y que han motivado la apertura de diligencias de investigación penal por parte de la Fiscalía por presuntos delitos urbanístico y de prevaricación.
En el PERI aprobado por el Ayuntamiento se aumentaba la edificabilidad del sector en más del doble de lo establecido en el PGOU, de 2.291 hasta 4.691 metros cuadrados, ampliación que la Junta considera "absolutamente desmesurada". Es el segundo acuerdo municipal para el desarrollo de esta zona que la Junta impugna ante el TSJA.
Edificabilidad
El aumento de edificabilidad se da también en los tres planes parciales de desarrollo de otros tantos sectores igualmente impugnados. Por ejemplo, para el desarrollo de la zona conocida como El Quinto, el Ayuntamiento aprobó una densidad de edificación un 328% superior a las determinaciones del PGOU, de forma que se admitían 30 viviendas donde inicialmente sólo cabían siete.
Este tipo de modificaciones, según la Junta, supone una alteración de la estructura del ordenamiento del municipio, pues "al suponer un cambio de usos y un más que importante incremento del techo edificable, conlleva una mayor previsión de infraestructuras, accesos, etc.. por lo que estaríamos ante una modificación de la ordenación de estructuras y, por tanto, la competencia para la aprobación definitiva corresponde a la Consejería de Obras Públicas".
Entre los acuerdos impugnados figuran dos modificaciones de elemento que permiten mayor ocupación del terreno a dos hoteles de la ciudad.
Benalmádena ya fue uno de los cuatro ayuntamientos de Málaga -junto a Marbella, Torremolinos y Rincón de la Victoria- a los que la Junta retiró las competencias delegadas en materia de Urbanismo antes de la entrada en vigor de la actual Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) en enero de 2003.
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