Gobierno y municipios fijarán los documentos para el padrón retroactivo de los 'sin papeles'
La Administración elaborará un listado para evitar criterios distintos en los ayuntamientos
La Federación de Municipios y Provincias (FEMP), el Instituto Nacional de Estadística (INE) y el Ministerio de Administraciones Públicas (MAP) se reunirán esta semana para fijar la lista de "documentos públicos fehacientes" que podrán admitir los ayuntamientos para empadronar con carácter retroactivo a los sin papeles que lo soliciten. Así, miles de inmigrantes que se hallaban en España antes del 7 de agosto de 2004 pero no se inscribieron en el censo podrán obtener su certificado de empadronamiento y acogerse al proceso de normalización que finalizará el 7 de mayo.
A sólo 19 días de la fecha límite del proceso abierto el pasado 7 de febrero, la Administración intenta lograr la regularización del mayor número posible de los sin papeles que disponen de un contrato de trabajo.
Para lograrlo, la Mesa de Diálogo Social, integrada por el Ministerio de Trabajo, los empresarios y los sindicatos, acordó el lunes activar la fórmula del "empadronamiento por omisión", una figura legal creada en 1997 que permite la inscripción en el censo con carácter retroactivo.
La presidenta del INE, Carmen Alcaide, envió ayer a los ayuntamientos una circular en la que les explica que el proceso de normalización "ha puesto de manifiesto que algunos extranjeros afirman residir [en España] con anterioridad a su fecha de empadronamiento y que otros no figuran inscritos por no haberlo solicitado en su momento".
Ante esta situación, escribe Alcaide, caben dos actuaciones. Si el extranjero no figura inscrito en el padrón, "se le podrá inscribir desde la fecha en que se acredite la residencia continuada en el municipio, mediante resolución expresa y motivada del alcalde, (...) aportando documentos públicos fehacientes". Si el extranjero ya figura inscrito, pero después del 7 de agosto de 2004, fecha límite para poder acogerse al proceso de normalización, la directora del INE recuerda a los alcaldes que podrán variar la fecha de inscripción en el padrón aplicando la Ley de Procedimiento Administrativo.
El artículo 57.3 de esa ley dice: "Excepcionalmente, podrá otorgarse eficacia retroactiva a los actos cuando se dicten en sustitución de actos anulados y, asimismo, cuando produzcan efectos favorables al interesado, siempre que los supuestos de hecho necesarios existieran ya en la fecha a que se retrotraiga la eficacia del acto y ésta no lesione derechos o intereses legítimos de otras personas".
En un principio, Alcaide afirmó que, "dada la heterogeneidad de documentos públicos, cada ayuntamiento podrá decidir cuáles se consideran fehacientes". Pero la FEMP, que ayer se reunió en Madrid, le pidió una reunión urgente para fijar un listado al que puedan atenerse todos los ayuntamientos, con el fin de evitar criterios dispares.
Contrarreloj
En un comunicado publicado ayer, la presidenta del INE afirmaba: "Dada la heterogeneidad de documentos públicos, cada ayuntamiento podrá decidir cuáles se consideran fehacientes". Y ofrecía varios ejemplos: "Solicitudes de empadronamiento no atendidas con anterioridad, cartillas de sanidad, solicitudes de plaza en colegios públicos, tramitaciones del Ministerio del Interior, otras tramitaciones en organismos oficiales, etcétera".
La explicación era escrupulosa desde el punto de vista legal, puesto que sólo los ayuntamientos son responsables del padrón. Sin embargo, creó una fuerte polémica, pues abría la puerta a agravios comparativos según el municipio de residencia de los inmigrantes.
Todo fue consecuencia de las prisas ante el inminente final del proceso de normalización. Los pocos días que restan obligan a la Administración a aclarar no sólo los documentos válidos para el empadronamiento, sino también la forma de abreviar la expedición de los certificados que permitirán a los inmigrantes acceder a la normalización.
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