Condenada una empresa a pagar 2,8 millones por contaminar el río Tordera
La empresa química Cray Valley Ibérica, SA, antigua Resisa, ubicada en Sant Celoni (Vallès Oriental), ha sido condenada a indemnizar con 2.867.573 euros al Ayuntamiento de Blanes (Selva) por haber contaminado los acuíferos del río Tordera en el año 1996.
A la espera de estudiar con detenimiento la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Granollers, el alcalde de Blanes, Josep Marigó, valoró ayer el fallo porque "se reconoce la culpabilidad de la empresa". No obstante, no descartó que el consistorio inicie una nueva acción judicial, ya que la estimación municipal de perjuicios derivados del vertido incluida en la demanda, entre ellos la mala imagen causada a una población turística, ascendía a 10 millones de euros.
La sentencia sólo estima parcialmente la demanda del Ayuntamiento y establece el pago de la indemnización para compensar las inversiones realizadas en la planta potabilizadora que abastece de agua a la población. En cambio, no tiene en cuenta los supuestos perjuicios que el episodio de contaminación causará al municipio en los próximos años. El Ayuntamiento de Blanes pretendía que, además de hacerse cargo de los gastos ocasionados por la incorporación de filtros de carbón activo a la planta potabilizadora, la empresa pagara también su mantenimiento durante 20 años, tiempo que, según los técnicos, necesitará el río para eliminar los componentes vertidos en el agua.
Penas a directivos
La Audiencia de Barcelona ya condenó, por la vía penal, a dos directivos de Resisa a seis meses de cárcel y al pago de una multa de 30.000 euros. En esa sentencia ya quedó probado que los vertidos de Resisa al Vallgorguina, un afluente del río Tordera, fueron la causa de las alteraciones sufridas por el agua -aspecto visual, olor y sabor- del Tordera, que abastecía a Blanes. Aquella sentencia evitó pronunciarse sobre la responsabilidad de la compañía alegando que los componentes vertidos en el río -dioxanos y dioxolanos- podían considerarse contaminantes pero no tóxicos y, por tanto, las responsabilidades debían establecerse por la vía civil.
Además de los gastos de adecuación de la depuradora, que sí han sido tenidos en cuenta en la sentencia del Juzgado de Granollers, el consistorio había realizado un coste estimado de la renovación de la planta, que tiene una vida útil de unos 15 años, y de otras repercusiones del suceso, como por ejemplo la incidencia turística.
El alcalde de Blanes dijo ayer que el episodio de contaminación apareció en medios nacionales e internacionales y "tuvo repercusiones" en una población costera que sustenta gran parte de su economía en el turismo. Además, recordó que las sustancias contaminantes "siguen todavía presentes en limos y arenas del río".
Xavier Pacheco, responsable de recursos humanos y comunicación de la empresa Cray Valley Ibérica, SA, aseguró ayer que la sentencia judicial condenatoria no les había sido notificada y añadió que la empresa no realizará ninguna declaración sobre la misma hasta que no haya sido revisada por sus letrados.
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