Ley de igualdad, sí, pero que se cumpla
El pasado mes de febrero, en el Parlamento vasco se aprobó con más pena que gloria la Ley de Igualdad de Mujeres y Hombres. Parecía que había que aprobar deprisa y corriendo, entre la ley del Menor y la ley de Suelo, esta ley de Igualdad. Fruto de esta precipitación ha sido el escaso eco y debate social que ha generado. Incluso las feministas, representantes del movimiento, que, según reconocieron todas las parlamentarias, era responsable de la demanda social que había generado esta ley, tuvimos dificultades, por los constantes cambios para poder encajarla, para presenciar su aprobación en el Parlamento.
Queríamos presenciar la aprobación de una ley a la que habíamos formulado alegaciones para que pasara de contener proclamas de igualdad a introducir cambios reales para eliminar la discriminación de las mujeres.
Pese a todas sus carencias, hay que reconocer que la Ley de Igualdad de Mujeres y Hombres tiene novedades
Crear servicios sociales es una política para la igualdad, porque, sobre todo, libera a las mujeres
Una parte importante del texto de la ley es una reiteración de principios y objetivos reconocidos por las leyes internacionales, estatales y autonómicas. Bien es verdad que las actuales competencias del Gobierno vasco tampoco permiten abordar reformas radicales en algunos campos, aunque realmente se quisieran realizar.
Algunas de las medidas que la ley anticipa se dejan abiertas a un desarrollo reglamentario posterior, que esperamos suponga una mayor concreción en el camino para conseguir la igualdad de los sexos.
Algunas de las propuestas que las feministas hicimos a la ley y que no ha recogido se referían a:
1. La paridad en la participación política. Proponíamos que en las listas electorales las mujeres constituyeran el 50%, respetando el "sistema cremallera" (mujer-hombre-mujer) y no como recoge la ley en tramos de seis (tres hombres, tres mujeres).
2. El reconocimiento del derecho a recibir cuidado como un derecho social básico de las personas. La ley sigue ubicando la creción de los servicios comunitarios en el marco de la llamada "conciliación de la vida personal, familiar y laboral", con lo que continúa situando en primer plano el papel de la familia como suministradora de cuidado. Esta cuestión es básica en la lucha por la igualdad, porque la sujeción de las mujeres al cuidado de las personas dependientes del entorno familiar es uno de los pilares de nuestra discriminación; por el contrario, crear servicios sociales es una política para la igualdad, porque, sobre todo, libera a las mujeres.
3. La utilización de la política de subvenciones y contratación de las administraciones públicas para imponer políticas de igualdad en el sector privado. Es una pena que no se haya aprovechado la ley para condicionar las ayudas y contratos a la composición equilibrada de las plantillas ni a las políticas internas de igualdad de las empresas beneficiarias.
4. La creación en el Gobierno de una Consejería de Igualdad de Mujeres y Hombres y de Comisiones específicas tanto en el Parlamento vasco como en diputaciones y ayuntamientos que permitiera imprimir mayor impulso a las políticas de igualdad.
5. La creación de Consejos de la Mujer en gobiernos, diputaciones y ayuntamientos como auténticos órganos de participación de asociaciones de mujeres que presionen desde la sociedad para impulsar las políticas.
Pese a todas las carencias descritas, hay que reconocer que la Ley de Igualdad de Mujeres y Hombres tiene novedades positivas que suponen un avance, entre las se pueden destacar las siguientes:
- El Gobierno vasco, las diputaciones y los ayuntamientos tienen que especificar en sus presupuestos anuales los recursos económicos destinados a las políticas de igualdad.
- Las administraciones públicas no podrán dar ayudas ni participar con sus representantes en ninguna actividad cultural, incluídas las festivas, artísticas, deportivas que sean discriminatorias por razón de sexo.
- La Administración vasca promoverá la formación universitaria especializada de agente de igualdad de mujeres y hombres.
- A igual capacitación, las mujeres tendrán prioridad de ingreso y ascensos en la Administración pública, cuando el porcentaje de mujeres sea inferior al 40%. Además, en los tribunales de selección serán también como mínimo el 40% si el tribunal tiene más de cuatro miembros.
- Las candidaturas en las elecciones políticas estarán compuestas, al menos, por un 50% de mujeres. En el Gobierno su representación será por lo menos de un 40%.
- Se podrá sancionar con uno a tres años de privación de ayudas públicas a empresas que hayan incurrido en discriminación por razón de sexo.
Por todos estos avances y los que suponga el desarrollo reglamentario posterior, saludamos la aprobación de esta ley y, sobre todo exigimos, que se cumpla.
Juana Aranguren Rica es abogada e integrante de Plazandreok (Plataforma Política de Mujeres).
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