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Una clínica, condenada por imprudencia médica grave

La clínica Cemtro y Sanitas, condenadas por diagnosticar el caso como una neumonía

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El mal diagnóstico de una mortal malaria, confundida por los médicos con una pulmonía, ha supuesto a la clínica Cemtro y a la empresa de seguros médicos Sanitas una condena de 236.000 euros de indemnización para la familia de A. B. H. L., un hombre de 40 años, casado y con dos hijos, que falleció el 11 de marzo de 2001. El Juzgado de Primera Instancia número 63 de Madrid califica de "negligencia contundente" el error en el diagnóstico y el inadecuado tratamiento. Sanitas ha informado de que recurrirá la sentencia, mientras que la clínica Cemtro declinó ofrecer su versión.

El fallecido regresó a Madrid desde Kenia el 3 de marzo de 2001 y un día después se sintió mal, por lo que acudió a otra clínica privada de la empresa Sanitas, con la que su esposa tenía suscrita una póliza que daba a A. B. H. L. derecho a asistencia médica. El enfermo y un familiar que le acompañaba explicaron que podía tratarse de malaria o paludismo, una enfermedad parasitaria que contagia una especie de mosquito y que es endémica de varios países tropicales, entre ellos Kenia.

Los médicos que le atendieron le realizaron la prueba de la malaria y ésta dio negativa, por lo que le diagnosticaron una "neumonía, prescribiéndole como único tratamiento paracetamol", detalla la sentencia, que critica que los médicos "no le dejasen ingresado para realizarle la prueba [coincidiendo] con un pico de fiebre". Ésta es una medida de precaución habitual para confirmar si un paciente sufre o no malaria.

Durante los siguientes tres días, el enfermo fue visitado en dos ocasiones, una vez en su domicilio y otra en consulta, por médicos de Sanitas, que no cambiaron el diagnóstico. Finalmente, el día 7, y ante la insistencia de que podía tratarse de malaria por parte de la hermana y la cuñada (médico de profesión) del fallecido, éste fue ingresado en la clínica Cemtro. La clínica, "sin realizar ninguna prueba específica", mantuvo el diagnóstico de neumonía, continúa la sentencia.

Paciente con antecedentes

Entre el 7 y el 9 de marzo de 2001, el enfermo sufrió varias complicaciones -"sepsis severa y trombopenia"- y se agrava su estado, pero la clínica Cemtro no cambió de diagnóstico, pese a que la familia insistía de la posibilidad "de una malaria teniendo en cuenta los antecedentes del paciente", que había sufrido la enfermedad 15 años antes. Finalmente, el día 10, cuando A. B. H. L. ya había tenido que ser ingresado en la UVI ante el empeoramiento de su salud, la clínica Cemtro, según la sentencia, "realizó nuevas pruebas y comunicó a la familia que el enfermo tenía malaria".

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Pese al retraso en el diagnóstico, la familia considera que la actuación más negligente de la clínica vino a continuación. En la sentencia se explica así: "Al no disponer de medicación contra la malaria ni de un equipo de diálisis, imprescindible para el paciente, la clínica no sólo no ordenó el traslado inmediato a otro hospital, sino que incluso la hermana del paciente, ante la dejación de la clínica, tuvo que ir a buscar la medicación al hospital Carlos III".

No fue hasta el día siguiente, y ante la gravedad de la situación, cuando la clínica dispuso el traslado del enfermo al hospital Ramón y Cajal, "donde falleció a las pocas horas víctima de una malaria", concluye la sentencia de la juez Míriam Iglesias García. La juez considera que la atención médica recibida por el fallecido constituye una "negligencia contundente" por varias razones. La primera se produjo en la primera clínica, al no haber ordenado ésta la hospitalización del enfermo para confirmar el primer resultado negativo de la prueba de la malaria. "Para descartar la enfermedad, deben ser realizadas al menos otras dos pruebas, intentando que coincidan con un pico de fiebre, para lo que es necesario que el enfermo esté en observación", argumenta la juez.

"En la segunda clínica la negligencia también es patente porque dan por bueno" el primer diagnóstico, pese a no haber repetido la primera prueba negativa. "Pero, además, otra negligencia es no haber acordado el traslado inmediato a otro hospital con medicación de malaria y un equipo de diálisis", concluye el fallo. Para el juez, todo ello constituye una cadena de errores médicos que terminaron con la vida del paciente por una enfermedad, la malaria, que es curable con un diagnóstico correcto.

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