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LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN LOS JUZGADOS

Jueces en guardia ante la violencia doméstica

La nueva ley, aprobada por unanimidad en el Congreso, es criticada por algunos magistrados

Montserrat y Óscar tuvieron una discusión acalorada en su domicilio conyugal de Barcelona la noche del 29 de noviembre. No era la primera vez que él la insultaba, pero ese día, además, la agredió violentamente. La mujer lo denunció y él compareció detenido en el Juzgado de Instrucción 6 de Barcelona, en funciones de guardia. Antes de que se cumplieran 48 horas de los hechos, la justicia ya había actuado y la juez acordó una orden de alejamiento del agresor hasta la celebración del juicio rápido por violencia doméstica, que se señaló también entonces para el 27 de enero. Ese fue uno de los cuatro casos que llegaron el 1 de diciembre al juzgado de guardia de Barcelona; a los de Madrid llegan unos nueve diarios. Dos periodistas de EL PAÍS siguieron en ambas ciudades, durante la primera semana de diciembre, el trato que reciben esas denuncias, y trataron con jueces y fiscales de los problemas que planteará a partir de enero la aplicación de la nueva ley integral contra la violencia de género.

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"Como ella es tan fofita, enseguida le salen moratones", dijo Óscar a la juez para justificar los signos de la violencia que mostraba la mujer. Montserrat no paró de llorar mientras estuvo en el juzgado y relató que llevaba siete años soportando el maltrato psicológico de él, y que si había aguantado era por el hijo de 19 meses que tenían. Pero esa noche su marido había bebido más de la cuenta y le dio dos puñetazos en el hombro, dos bofetadas en la cara, estirones en el pelo y varias patadas por el cuerpo que sólo acabaron cuando Óscar se percató de que el niño estaba delante, según se describe en el atestado policial. La mujer declaró a la juez que no estaba dispuesta a seguir aguantando más tiempo ni los golpes ni frases como las de la última noche: "¡Guarra! ¡Gorda! ¿Quién te va a querer con esas tetas colgando?". A la espera del juicio, el marido aceptó en el juzgado de guardia la orden de alejamiento y la obligación de seguir costeando la mitad de la hipoteca.

Los tiempos en que un hombre apaleaba a una mujer y la denuncia quedaba dos o tres meses aparcada en las estanterías de los juzgados pertenecen ya al pasado. Desde octubre del año pasado, si hay procedimientos judiciales superrápidos son los de violencia doméstica. En dos o tres días (si el denunciado admite la agresión) o entre 10 y 15 (si no la admite), el reo sale de los juzgados con la sentencia bajo el brazo. Muchos agresores (en Madrid, en torno al 60% de ellos) confiesan el hecho porque saben que ello significa que se les reduce en un tercio la pena que les pida el fiscal. El muy reciente caso de Luis Arturo, de nacionalidad ecuatoriana, es un ejemplo. La tarde del 28 de noviembre estaba con su esposa, Noemy, y su hija de seis años en un parque de Barcelona y la niña se cayó. La pareja empezó a discutir y él la insultó y le dio un puñetazo en la boca. Ella le denunció al día siguiente y en la mañana del 1 de diciembre estaban los dos citados en el juzgado de guardia. Tras el interrogatorio, sobre la marcha, el fiscal le pidió nueve meses de cárcel, pero como aceptó la condena se le redujo en un tercio.

Aunque el objetivo es combatir la violencia doméstica, las reformas legales, según denuncian algunos jueces, están acarreando efectos perversos y casos de difícil calificación. El Juzgado de Instrucción 24 de Madrid lleva uno de ellos. En él, el acusado no es él sino ella, P. S. A., de 73 años. La mujer se enfrenta a una petición del fiscal de 12 meses de cárcel por darle con el palo de una fregona a su marido, Angel I., de 77 años, en el brazo. Con anterioridad, ella le había denunciado a él cuatro o cinco veces por agresiones más serias. Pero el 23 de septiembre pasado, Ángel llegó "bebido" a casa y empezó a amenazarla ("te voy a atropellar con el coche"). Ella le golpeó con la fregona y él la denunció en la policía y presentó un parte de lesiones. La fiscal entiende que se trata de un caso más de violencia doméstica, del artículo 153 del Código Penal, y le pide 12 meses de cárcel, así como prohibición de portar ningún tipo de arma durante tres años y que durante cuatro no se acerque a su esposo. El escrito de acusación del fiscal lo recogió del juzgado una hija del matrimonio. "Por Dios, a mi madre le da algo si se entera de que le piden cárcel", explicó la hija. Se enterará, porque irremediablemente irá al banquillo.

"Meter el Código Penal, con la virulencia con la que se hace, en la vida familiar es un error que ya está trayendo un aumento en la intensidad de la violencia", coinciden en afirmar tres jueces de Madrid, que piden anonimato. "La prueba", dice uno, "es que el goteo de asesinatos sigue, cada vez con más sevicia".

Mar Méndez, titular del Juzgado de Instrucción 6 de Barcelona, condena la "lacra social" de la violencia doméstica, aunque recela de la forma: "Estamos poniendo a los hombres en el disparadero, y yo creo que a veces a los jueces se nos va la mano con ellos, pero la ley es la que es". Y es que están surgiendo voces de jueces y fiscales que, en privado, advierten de los efectos indeseados de una aplicación estricta de las nuevas normas contra la violencia familiar. "Con estas leyes y con la actual presión mediática", sostiene una juez de instrucción de Madrid, "nos estamos cargando varios principios constitucionales: el de la intervención mínima del derecho penal en las relaciones sociales, el de igualdad de las personas frente a la ley sin que se tenga en cuenta su género y el de in dubio pro reo [en caso de duda, hay que fallar a favor del acusado]. Ahora, en caso de duda, habitualmente se falla contra el reo", afirma. No opina así Monserrat Comas, directora del Observatorio de Violencia Doméstica del Consejo General del Poder Judicial. Comas aporta estadísticas que, sostiene, avalan que se está en el camino correcto para acabar "con esta lacra".

La inmensa mayoría de las denuncias que llegan a los juzgados son ciertas y detrás de ellas hay víctimas y dolor, admiten los jueces consultados. Pero también reconocen que hay mujeres que, asesoradas por sus abogados, usan torticeramente la ley con propósitos innobles, convencidas de que una denuncia agiliza la separación y acarrea ventajas en el proceso. Comas admite que puede haber "denuncias falsas", pero asegura que "no es verdad" que se estén vulnerando derechos fundamentales. "Existe el filtro del juez, que es quien, ante una denuncia, ha de tomar declaración a las partes y ver su fundamentación antes de adoptar ninguna medida". "A veces", cuenta otro juez de Madrid, "no lo ves claro, pero si te piden protección la das para curarte en salud, vaya a ser que el acusado sea efectivamente un psicópata y al día siguiente te veas en los periódicos". Comas replica: "Los jueces han de convivir con las presiones, y en el sueldo va el saber preservarse de ellas".

Tanto los jueces de Madrid como los de Barcelona están constatando que hay denuncias hechas por despecho. Antes de que Óscar fuese llamado a declarar, pasó por el despacho de la juez de guardia Karen, una joven dominicana. La madrugada anterior Karen había denunciado a la policía que, cuando estaba con un amigo en su domicilio, subió su novio, con el que llevaba siete años conviviendo. Añadió que éste, celoso, tras destrozar la puerta, le golpeó en la cabeza. Luego agregó que los tres bajaron a la calle y que una vez el amigo se hubo marchado, el novio la arrastró unos cinco metros con su vehículo. También explicó que no era la primera vez que le pegaba y que hacía un mes había perdido un hijo por otra agresión. El novio fue detenido y ofreció un relato tan distinto que la policía le dejó libre, aunque lo citó para el juzgado de guardia. Allí, Karen se desdijo y lo negó todo, desde el aborto hasta la agresión. La explicación que ofreció es que había ingerido cinco cubalibres. "No estaba en mis cabales", añadió. El hombre pasó después y aseguró que estaba casado, que tenía tres hijas y que no era el novio, sino el amante esporádico de Karen desde hacía cuatro años. La juez archivó el caso.

Otra arma que poseen las víctimas contra sus agresores son la órdenes de protección (que permiten al juez de guardia, en 24 horas, alejar de inmediato al agresor de la víctima y decidir sobre la custodia de hijos hasta tanto se pronuncia el juzgado de familia). Desde que éstas entraron en vigor, el 2 de agosto de 2003, hace 17 meses, se han presentado 2.888 peticiones sólo en Madrid capital. Pero es que entre el 1 de enero y el 20 de noviembre de este año, menos de 11 meses, ya había 2.224 peticiones. Los jueces de Madrid suelen desestimar en torno al 43% de ellas y adoptan alguna medida cautelar (básicamente, el alejamiento) en el 57% de los casos. Pero la media de España es muy superior (en los seis primeros meses de 2004 se han aceptado el 79% de las peticiones). Una prueba, a juicio de Comas, de que los jueces actúan adecuadamente al otorgar las órdenes de protección y no lo hacen "para curarse en salud" es que, por ejemplo, en Madrid, el 40% son rechazadas. Por otro lado, y a diferencia de lo que ocurría hace unos años, ya empieza a haber más sentencias condenatorias contra agresores que absolutorias. Un informe del CGPJ revela que en 2003 fueron enjuiciadas 57.176 personas por violencia doméstica y que en el 59% de los casos (33.936) el fallo fue condenatorio. Este año, el porcentaje de condenas roza el 70%.

Los jueces advierten de que tanto las órdenes de protección como los juicios rápidos por violencia doméstica han cambiado la dinámica de los juzgados y absorben gran parte de su tiempo en detrimento de otras causas de gran envergadura. En Madrid, por ejemplo, el 25% (2.175 vistas) de los juicios rápidos celebrados este año (8.514) son por denuncias de maltrato doméstico. Y durante los seis primeros meses de este año, uno de cada cuatro casos que tramitaron los juzgados de instrucción de España han sido por violencia doméstica. Si las reformas legales ya acometidas son contundentes contra los agresores, "más aún lo va a ser la Ley Integral de Violencia Doméstica", señala una juez de Madrid. Esta ley, que entrará en enero, supondrá la creación de más de 400 juzgados de violencia doméstica. Estos juzgados instruirán las denuncias y llevarán las separaciones y divorcios cuando una de las partes esté imputada por agresión o se haya dictado una orden de protección.

Por supuesto que no todos los jueces ven aspectos negativos en la nueva ley. "Establece derechos sociales, laborales, de seguridad social y económicos en favor de la mujer maltratada", asegura el juez decano de Madrid, José Luis González Armengol.

Un funcionario toma las huellas a un detenido en los juzgados de la plaza de Castilla, en Madrid.
Un funcionario toma las huellas a un detenido en los juzgados de la plaza de Castilla, en Madrid.RICARDO GUTIÉRREZ

64 muertes este año

Este año han muerto a manos de sus maridos, sus compañeros o sus amantes 64 mujeres. Y han muerto a golpes, a hachazos, a tiros o de cualquier otra forma violenta imaginable. La secretaria general de Políticas de Igualdad, Soledad Murillo, espera que con las reformas legales incorporadas al Código Penal y con la Ley Integral de Violencia de Género, que entrará en vigor, como muy tarde, en enero, esta cifra sangrienta descienda. Murillo conoce las críticas llegadas desde el ámbito judicial. Y no se cansa de responderlas: "Se habla siempre de denuncias falsas por parte de las mujeres. Pero quien tiene que calibrar si la denuncia es falsa o no es el juez, es competencia del juez". Y añade que "el hecho de que existan esas denuncias falsas no invalida la ley". "Es como si quisiéramos invalidar la Ley General Tributaria porque alguien defrauda a Hacienda", ejemplifica. Y recuerda que en los primeros seis meses de 2004 se solicitaron a los jueces 16.960 órdenes de protección para mujeres supuestamente maltratadas y se concedieron 13.306. Es decir, el 79%. Esto, a juicio de Murillo, demuestra que existen "mecanismos de regulación".

Otra crítica recurrente de la clase judicial es la excesiva intromisión del Código Penal en la familia. Murillo recuerda que con la nueva ley no se regulan los asuntos familiares, sino "la violencia que se produce en la pareja, haya o no convivencia de por medio".

Ángeles Álvarez, portavoz de la Red de Organizaciones Feministas contra la Violencia de Género, afirma que el Código Penal "debe estar metido en el ámbito familiar, pues claro que sí". Y lo explica: "Antes no estaba y esto acarreaba impunidad. Estamos ante un problema de seguridad ciudadana. Algo que afecta a los derechos humanos. Y el Estado debe velar para que se cumplan los derechos humanos". Álvarez concluye con un comentario pesimista: "La verdad, no sé por qué tienen tanto miedo. Teníamos esperanzas con la ley. Sabíamos que faltarían medios, pero con lo que no contábamos es con esta especie de objeción de conciencia que llega de algunos sectores, sobre todo judiciales. Y esta ley no es una ley contra los hombres; es una ley contra los violentos".

Monserrat Comas, directora del Observatorio de Violencia Doméstica del Consejo General del Poder Judicial, recuerda que, con anterioridad a la reforma del Código Penal, de octubre de 2003, que convirtió "en delito las amenazas con uso de arma", el panorama era desolador.

Un estudio del CGPJ demostró que el 70% de las denuncias se tramitaban como falta. Y que sólo el 60% de ese 70% acababa en un juicio, ya que muchas víctimas, en torno al 40%, no acudían a la vista debido a que habían transcurrido dos o tres meses. En este tiempo la mujer había perdonado al marido. Y en el 60% de los casos en los que sí se celebraba un juicio, "todo terminaba con una absolución".

"Al tratarse de un juicio de faltas, no es preceptivo abogado, y las víctimas que acudían al juicio iban sin las necesarias pruebas". Por eso, justifica Comas, se optó por convertir en delito estos asuntos y darles un trámite judicial rápido "para que las denunciantes fuesen con sus abogados y las pruebas".

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