Reforma judicial
La reforma del sistema de nombramiento de altos cargos judiciales quedó ayer aprobada en el Congreso tras la frustrada votación del pasado 25 de noviembre, con acompañamiento de gruesas descalificaciones por parte del PP y anuncios de que la recurrirá ante el Tribunal Constitucional. También el sector conservador del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) quiere plantear un conflicto de competencias contra el Ejecutivo. Pero lo más grave sería el posible bloqueo parlamentario por parte del PP de la renovación del próximo Consejo del Poder Judicial, algo que no sucederá afortunadamente hasta 2006 y deja dos años de margen para que se calmen los ánimos.
El cambio de mayoría para la elección de magistrados del Supremo y de presidentes de los tribunales superiores de Justicia -de la actual mayoría simple del CGPJ a la cualificada de tres quintos que exige la nueva ley- tiene aspectos criticables: su coyunturalismo excesivo y la ausencia de un acuerdo previo -tarea difícil pero obligada en aras del consenso- con el principal partido de la oposición. Pero de ahí a considerarlo un ataque a la democracia y a la independencia judicial y una vulneración de las reglas de juego, como se empeña el PP, va un abismo.
La reforma ha obtenido, en todo caso, el aval de todos los grupos parlamentarios salvo el PP, empecinado en considerarla un casus belli que le enfrenta a todos. La nueva ley limitará obviamente su capacidad de influencia en los próximos nombramientos judiciales, debido a que la actual mayoría conservadora del Consejo del Poder Judicial tendrá que pactarlos con las minorías. Es comprensible que el PP se resista a perder aliados judiciales en una legislatura en que le toca ejercer de oposición. Pero la reforma busca que esos nombramientos se realicen con mayorías amplias, que representen la composición plural del Consejo y respeten la diversidad ideológica y asociativa de los propios jueces, algo que los jueces próximos al PP habían orillado al copar todos los puestos en la última tanda de nombramientos. Será bueno para la independencia del poder judicial, pues dificultará las maniobras de los partidos, sea cual sea la composición interna del Consejo.
El PP ha definido el debate sobre la reforma como "el más irregular y espurio de toda la historia parlamentaria española". Es difícil ser más exagerado y grandilocuente. El procedimiento de urgencia y en lectura única con que ha sido tramitada es excepcional, pero está contemplado en el reglamento. No es el caso de alguna reforma legal llevada a cabo sin debate parlamentario en la anterior legislatura. Y, en cuanto al fondo, no es cierto que se cambien las reglas de juego. Se extiende su aplicación a los nombramientos judiciales de carácter discrecional. No existe obstáculo alguno, ni legal ni constitucional, que impida que los magistrados del Supremo y los presidentes de los tribunales superiores de Justicia sean elegidos por la misma mayoría de tres quintos con que el Consejo del Poder Judicial nombra a su presidente y vicepresidente, a los miembros del Constitucional que le corresponden e incluso a los de sus comisiones disciplinaria y de calificación.
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