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Reportaje:

La nueva guerra de las herencias

La Comunidad de Madrid anuncia nuevas reducciones para el impuesto de sucesión y reabre la polémica autonómica

Diecisiete comunidades autónomas y 13 impuestos de sucesión distintos. Es más económico heredar en el País Vasco, Cantabria o La Rioja que en Castilla-La Mancha o Extremadura. Hace un año, las promesas sobre reformas en este terreno se dispararon. Ahora, el anuncio en Madrid de nuevas reducciones ha reanudado la polémica sobre este impuesto, gracias al que se recaudan en torno a 1.400 millones de euros al año.

Es probable que en todas las autonomías gobernadas por el PP se vayan aprobando medidas encaminadas a la supresión de este gravamen

Las comunidades autónomas tienen capacidad normativa, en lo que a la tarifa del impuesto de sucesiones y donaciones se refiere, el establecimiento de las cuantías y coeficientes a imponer en función del patrimonio preexistente y en lo relativo a reducciones, deducciones y bonificaciones, según la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de financiación de las Comunidades Autónomas y la Ley 21/2001, de 27 de diciembre.

Desde principios del año 2003, algunas de las comunidades autónomas han empezado a hacer uso de esta competencia, siempre en el sentido de reducir la carga impositiva de los herederos. Según explican desde el Registro de Economistas y Asesores Fiscales (REAF), llaman la atención las diferentes formas y velocidades de acometer las rebajas. De manera decidida, La Rioja, que en 2004 se une a Cantabria suprimiendo, casi totalmente, el tributo para ascendientes, descendientes, cónyuge, adoptados y adoptantes; de forma más tímida, Asturias, Galicia, Baleares, Castilla y León, Madrid, Murcia, Comunidad Valenciana y Aragón. En concreto, mientras la base liquidable no supere los tres millones de euros, en 2004 no pagan nada los hijos menores de edad en Aragón.

Prácticamente tampoco abonan nada (entre el 1% y el 4%, según el patrimonio preexistente que tuvieran) los descendientes y adoptados menores de 21 años en Asturias y Galicia por aplicación de coeficientes especiales. En Baleares, Castilla y León, Madrid, Murcia y la Comunidad Valenciana sólo se grava con el 1% a este grupo de sucesores, aunque en este caso el beneficio fiscal se ha regulado estableciendo una bonificación del 99%. Siguiendo otro modelo, Andalucía ha liberado desde este año la tributación a ascendientes, descendientes y cónyuge cualquiera que sea su edad, pero a condición de que no superen unos límites en el caudal heredado (125.000 euros) y en el patrimonio preexistente (antes de la sucesión, no más de 402.678,11 euros).

Diferencias forales

En los territorios forales del País Vasco siguen exentas tanto las sucesiones como las donaciones cuando se realizan a favor del cónyuge, descendientes, ascendientes, adoptados y adoptantes. En la Comunidad Foral de Navarra tanto las sucesiones como las donaciones a favor de esos adquirentes tributan a un tipo de 0,8%.

Las modificaciones en el impuesto de sucesiones hasta ahora aprobadas se han establecido en otras tres direcciones. Por un lado, en muchas comunidades autónomas se ha tratado de disminuir la carga tributaria sobre la transmisión mortis causa de la vivienda habitual aumentando la reducción estatal (95%, con límite de 122.606,47 euros por sujeto pasivo) en porcentaje, subiendo el límite máximo de reducción y dulcificando los requisitos o circunscribiendo el beneficio a algunos colectivos. Además, según el REAF, "algo parecido viene ocurriendo con la transmisión de empresa familiar, respecto a la cual muchas comunidades han mejorado la reducción de la base (la norma estatal regula una reducción del 95%) y se han mejorado las reducciones a discapacitados".

Capacidad normativa

Por último, cabe señalar que sobre la tarifa sólo Cataluña y Madrid han ejercido su capacidad normativa: en Cataluña se ha regulado una tarifa con tipos en torno a un 3% inferiores a los de la norma estatal y en Madrid, aunque los tipos son los mismos que los de la Ley del Impuesto, se aplican a tramos con umbrales en torno al 3% más bajos.

Si ya son bastantes los cambios establecidos en torno al impuesto de sucesiones en los últimos meses, aún pueden ser bastantes más en los próximos. La Comunidad de Madrid acaba de aprobar la reducción en 50.000 euros de la base imponible de este impuesto (cantidad sobre la que se establece la deuda efectiva) cuando los herederos sean hijos y nietos mayores de 21 años, cónyuges y parejas de hecho. Sus responsables de Hacienda estiman que esta medida supondrá la eliminación del impuesto de sucesiones para el 80% de los casos y beneficiará especialmente a las empresas familiares, donde negocio y patrimonio suelen ser una misma cosa. "Además, las herencias superiores a 50.000 euros también se verán beneficiadas, porque sólo tributarán por las cantidades que superen la bonificación", explican.

Es probable, además, que no sólo en esta comunidad, sino en general en todas las gobernadas por el Partido Popular, se vayan aprobando medidas encaminadas a la supresión total de este gravamen. De hecho, y según explicó en su día Mariano Rajoy, "nuestra propuesta es lograr que en 2004 dejen de tributar las herencias a favor de los descendientes menores de 21 años. Un año más tarde, las cargas tributarias actuales por herencia entre familiares directos (cónyuges, descendientes...) se reducirán en un 25% y en un 50% en 2006. En 2007, la supresión será total para este colectivo". El coste para las arcas de las comunidades autónomas gobernadas por el PP será de unos 500 millones de euros.

Desde Cataluña se reconoce que, como muy tarde, para principios de enero de 2005 se reformará el actual impuesto de sucesiones vigente en esta comunidad. No se trata, según los responsables de Economía, de reducir totalmente este impuesto, sino de limitar el número de personas que lo abonan, que quedarían reducidos al 10% de los actuales. A pesar de ello, según los Presupuestos de 2005, los ingresos que la Generalitat obtendrá por esta vía superarán los 500 millones de euros. Desde el resto de comunidades no se han hecho, por el momento, anuncios sobre posibles cambios futuros en esta materia, aunque los expertos no descartan que "para evitar la fuga de contribuyentes, se empiezan a aplicar nuevas rebajas en el impuesto de sucesiones".

Según reza en su exposición de motivos, "el impuesto de sucesiones y donaciones contribuye a la redistribución de la riqueza". Quienes lo defienden señalan que este objetivo que lo inspiró sigue siendo válido y su supresión supondrá una importante merma de los recursos económicos con que cuentan las autonomías para financiar sus presupuestos. Quienes lo critican afirman que se trata de un impuesto sobre otros impuestos, que se trata de un tributo que eluden los grandes patrimonios, además de ser desigual entre los ciudadanos españoles.

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