Un juez reconoce el derecho del Ayuntamiento de Rota a la insumisión fiscal para cobrar impuestos de la base
El Juzgado número 2 de lo Contencioso Administrativo de Cádiz ha reconocido en una sentencia el derecho a la insumisión fiscal que asiste al Ayuntamiento de Rota (Cádiz) como método para compensar el impago de los impuestos locales generados por la base naval y que, hasta la fecha, no han sido satisfechos por el Estado, a pesar de que una sentencia del Tribunal Supremo de julio de 2002 le obliga, según publicó ayer el Diario de Cádiz.
El juez reconoce como "ajustado a derecho" el impago a la Hacienda Pública por parte del consistorio roteño de las retenciones del Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) de las nóminas de los empleados municipales y del IVA generado por el Ayuntamiento como forma de resarcirse del incumplimiento del Estado de sus obligaciones de abono al municipio del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) y el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), que generan las instalaciones y actividades de la base.
Según dictó el Supremo algunas de las funciones y edificios de la base son ajenas a la función militar y "tienen carácter civil", en referencia a los centros comerciales, deportivos o de ocio de la población militar residente. Según el Alto Tribunal, al no ser instalaciones vitales para la Defensa, no deben estar exentas del pago de los tributos ordinarios.
Según explicó ayer el alcalde de Rota, Lorenzo Sánchez (Roteños Unidos), hasta la fecha, el Ayuntamiento ha ahorrado por éste método 1,6 millones de euros y aún quedan por liquidar otros 4,2 millones hasta equilibrar la relación financiera entre ambas administraciones.
Recursos
Se trata del segundo recurso que pierde el Estado en su batalla legal por el cobro del IRPF de las nóminas municipales y del IVA de la corporación. En la primera ocasión, el juez rechazó una demanda interpuesta por el Ministerio de Defensa y ahora, una reclamación de la Agencia Tributaria, que consideraba al Ayuntamiento como una entidad "sin competencias para compensar deudas del Estado", tesis que ha desestimado el juez. Aún así, contra el fallo aún cabe recurso de apelación ante el Tribunal Supremo.
El Gobierno, que reconoce su obligación de pago de los impuestos locales por la base, justifica sin embargo el retraso en el abono en la falta de acuerdo con el Ayuntamiento sobre la valoración económica de los mismos y el método de liquidación, negociación que se mantiene abierta desde 2003.
Por su parte, el Ayuntamiento considera "innegociable" la cuantía del débito, ya que, según recordó ayer el alcalde, el impuesto está valorado por el Catastro, un organismo dependiente del propio Ministerio de Hacienda. Lorenzo Sánchez anunció, por lo tanto, que mantendrá la política de insumisión fiscal "hasta completar la cuantía que Defensa está obligado a reconocer".
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