Una sentencia avala el decreto de admisión de alumnos de Educación
El TSJC suspende cautelarmente tres artículos de la normativa
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha desestimado el recurso de la Federación de Asociaciones de Padres y Madres de Escuelas Libres de Cataluña (FAPEL) por el que se pedía que se suspendiera la aplicación del decreto de admisión de alumnos del Departamento de Educación por atentar contra la libertad de las familias a la hora de elegir centro para sus hijos. El tribunal se ha limitado a suspender cautelarmente tres artículos de la normativa, entre ellos el que se refiere a las comisiones de escolarización, una cuestión que el departamento considera "menor y propia de la organización administrativa, que puede ser modificada", según explicó ayer Tomás de San Cristóbal, director general de Centros Docentes. Y es que, a juicio de Educación, el auto del TSJC avala los principales aspectos del decreto, entre ellos el que destaca precisamente que "el derecho a elegir centro no es un derecho absoluto, sino la manifestación de una preferencia". El departamento sostiene que las preferencias de las familias deben ser respetadas siempre que sea posible, pero teniendo en cuenta "la planificación de la oferta educativa". Fuentes de la FAPEL eludieron anoche opinar porque aún no habían leído el auto del tribunal.
Sobre la resolución del TSJC, el departamento emitió una nota en la que destaca que el alto tribunal "también comparte el criterio de Educación de no discriminación por razón de sexo, un criterio fundamentado en el principio de igualdad". Esta mención se debe a que en el texto de su recurso la FAPEL consideraba que la mención a la discriminación que se incluía en el texto del decreto no era necesaria.
Sobre este punto, De San Cristóbal avanzó que la Generalitat va a solicitar al Ministerio de Educación que la reforma de la Ley de Calidad incluya una nueva normativa sobre el régimen de conciertos que clarifique si los centros privados sostenidos con fondos públicos pueden diferenciar las clases de los alumnos según su sexo. "El marco actual no determina de forma clara si esta separación podría incurrir en discriminación", afirmó De San Cristóbal, quien añadió que "cualquier intento de educar en separación, sea por motivos de sexo, religión u otros, puede estar en contra del principio de igualdad y cohesión social".
Enseñanza diferenciada
Por su parte,
Antoni Arasanz, presidente de la FAPEL, afirmó ayer categóricamente que la separación de alumnos según su sexo que llevan a cabo algunos centros concertados no es discriminación, "sino educación diferenciada", y que ésta es la razón por la que solicitaron que se retirase del texto del decreto de admisión el párrafo referente a la discriminación. "Se ha de respetar la libertad de las familias, y en nuestra sociedad pueden convivir muchos tipos de educación siempre que no sea perjudicial para los alumnos", afirmó Arasanz.
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