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MEDIDAS JUDICIALES | LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES

Juzgados y fiscalías especializados

Con esta ley se crean juzgados de violencia sobre la mujer. Cada partido judicial contará con uno o más de estos con sede en la capital del partido y jurisdicción en todo su ámbito territorial. Esos juzgados conocerán, en unos casos, de la instrucción y, en otros, del fallo de las causas penales en esta materia, "así como de aquellas causas civiles relacionadas, de forma que unas y otras en la primera instancia sean objeto de tratamiento procesal ante la misma sede". Con ello se asegura "la mediación garantista del debido proceso penal en la intervención de los derechos fundamentales del presunto agresor".

El Gobierno pretende conciliar mediante el juez penal estas garantías, sin que ello afecte en absoluto la "más inmediata y eficaz protección de la víctima". Se crea además la Fiscalía contra la Violencia sobre la Mujer. Su función será supervisar y coordinar a los fiscales dedicados a la violencia sobre la mujer. Además, se crean secciones de esta fiscalía en cada Tribunal Superior de Justicia y en las audiencias provinciales. Los fiscales adscritos a esas secciones se dedicarán a intervenir en los procesos penales por los hechos constitutivos de delitos o falta de los que entiendan los jueces penales de violencia sobre la mujer, así como en los procesos civiles de familia relacionados con maltrato.

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La ley aprobada ayer en el Congreso por unanimidad prevé también incorporar tratamientos especiales de reinserción de los agresores condenados cuando estén cumpliendo sus penas de cárcel.

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