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Las empresas que incumplan Kioto recibirán multas de hasta dos millones

Medio Ambiente prevé que se pidan derechos de emisión hasta octubre

Sanciones de hasta dos millones de euros, cierre de instalaciones de hasta dos años y multas de entre 40 y 100 euros por tonelada de gas emitida sin permiso a partir de 2005. Éstas son algunas de las sanciones previstas en el borrador de real decreto ley elaborado por el Ministerio de Medio Ambiente para castigar a las empresas que incumplan el plan para reducir emisiones contaminantes que marca el Protocolo de Kioto.

El proyecto de real decreto, que fue presentado ayer por el secretario general de Medio Ambiente, Arturo Gonzalo Aizpiri, es el andamio legal del Plan Nacional de Asignación de Emisiones. Será aprobado en las próximas semanas para que las empresas de los seis sectores afectados por el (eléctricas, petroleras, cementeras, vidrio y cerámica, siderúrgicas y papeleras) puedan solicitar, antes del 1 de octubre, las autorizaciones y derechos que les correspondan. El coste para los sectores afectados será de unos 80 millones de euros anuales.

Una vez obtenidos la autorización -de las comunidades autonómas- y los derechos, las empresas tendrán que ajustarse a lo que les haya correspondido. En caso contrario, se arriesgan a sufrir sanciones que, en los casos más graves, serán impuestas por la Administración central. El baremo de sanciones contenido en el proyecto de decreto contempla multas de entre 50.001 euros y dos millones de euros para las infracciones muy graves y de 10.000 euros para las infracciones leves.

Las infracciones más graves, como por ejemplo proporcionar información falsa sobre las emisiones de una determinada instalación, podrán conllevar, además, el cierre de la instalación, total o parcial, por un periodo de hasta dos años como máximo.

El mecanismo de emisiones comenzará a andar en enero de 2005 y las empresas pasarán el primer examen sobre emisiones realizadas y derechos para cubrirlas en febrero del año 2006. Será entonces cuando las compañías afectadas por la directiva de comercio de emisiones -previa verificación de una entidad independiente, aún por determinar- deberán demostrar que no han sobrepasado los límites asignados.

40 euros por tonelada

Si han sobrepasado esos límites, deberán pagar una multa de 40 euros por tonelada emitida de más (entre 2005 y 2007) y de 100 euros si el exceso se produce a partir de 2007. Además, pagar la multa no eximirá a las compañías de la obligación de comprar derechos, al precio que fije el mercado, para cubrir el exceso cometido.

El Plan Nacional de Asignación de Emisiones prevé estabilizar durante los próximos tres años (con una ligera reducción del 0,4%) las emisiones de dióxido de carbono (CO2

) en los niveles medios del periodo 2000-02, y comenzar un descenso más acentuado de esas emisiones a partir del año 2008, para llegar a cumplir los objetivos del Protocolo de Kioto. Para España ese objetivo es no superar en 2008-2012 en más del 15% las emisiones de CO2 del año 1990. En la actualidad ya se superan esas emisiones en un 40%.

El Gobierno espera que el Plan sirva para que al final de la década España supere los niveles de 1990 en un 24%. La cuenta final -hasta llegar al 15% aprobado por la UE- tendrá en consideración el efecto de los sumideros de CO2 (bosques) y las reducciones de emisiones obtenidas a través de llamado mecanismo de desarrollo limpio, que regula los proyectos de ese tipo emprendidos en países en vías de desarrollo.

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