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La ONU rechaza la reclamación de eutanasia en el 'caso Sampedro'

Argumenta que no fue condenado quien ayudó a morir al tetrapléjico

El Comité de Derechos Humanos de la ONU ha rechazado la reclamación del derecho a una muerte digna realizada en 2001 por Manuela Sanlés, cuñada y heredera de Ramón Sampedro, el tetrapléjico fallecido en 1998 sin lograr que se le reconociera. Sanlés acusó a España de violar el derecho a la vida privada sin injerencias externas. El Comité basa la inadmisión de la demanda en que quien ayudó a Sampedro a suicidarse no fue condenado. Los jueces no llegaron a averiguar quién le ayudó a morir.

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La larga lucha jurídica de Sampedro en favor de la eutanasia llega así a su final, sin que el Comité de Derechos Humanos de la ONU se haya pronunciado sobre la acusación a España de vulnerar varios derechos reconocidos en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, entre ellos el derecho a la intimidad de la vida privada sin injerencias externas arbitrarias.

La heredera de Sampedro asumió ante el Comité la reclamación infructuosamente realizada por el tetrapléjico desde 1968 ante distintas instancias judiciales, consistente en que el médico que le prestara ayuda a morir no fuera perseguido penalmente, habida cuenta de que el Código Penal castiga la ayuda al suicidio con penas de cárcel.

En 2002, el abogado del Estado español, Javier Borrego -actual juez en el Tribunal de Estrasburgo-, alegó, en contra de la demanda, que carecía de sentido reclamar el "derecho a morir dignamente" en nombre de Sampedro, "fallecido conforme a los deseos que en vida manifestó" y sin que nadie fuera "perseguido o acusado por auxiliarle en su suicidio". La petición de Sampedro de que no se persiguiera penalmente a quien le prestara ayuda a morir fue desatendida por la justicia, que inició una investigación penal, que terminó archivándose al no averiguar los jueces quién le ayudó a morir.

En representación de Sanlés, el abogado José Luis Mazón remitió en 2003 al Comité de la ONU el vídeo que Ramón Sampedro ordenó grabar filmando los últimos momentos de su vida, en el que también incluyó un último mensaje a los jueces y a los legisladores, por obligarle a vivir contra su voluntad y no dar ayuda legal a su suicidio. "Esto es chulería política, paternalismo intolerante y fanatismo religioso", les decía. El vídeo concluye con las imágenes de Sampedro bebiendo agua con cianuro de potasio y la angustiosa agonía de unos 20 minutos, en lo que Mazón denominó "un recurso a la desesperada, utilizando un producto comúnmente usado como raticida".

El dictamen del Comité, aprobado el 30 de marzo de 2004, estima que, "debido a su decisión de suicidarse el 12 de enero de 1998, contando con asistencia de otros, y a la decisión de las autoridades de no continuar con el juicio penal en contra de los involucrados", cuando la reclamación referente a Ramón Sampedro "fue sometida [al Comité], el 28 de marzo de 2001, éste [Sampedro] no podía ser considerado víctima de alguna violación de sus derechos contemplados en el Pacto". En consecuencia, "sus alegaciones son inadmisibles". La batalla en pro de la eutanasia perdida por Sampedro será recreada por Alejandro Amenábar en la película Mar adentro.

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