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El Parlamento es "sede privilegiada del debate público", según el tribunal

La resolución del pleno del Tribunal Constitucional que rechaza la tramitación de la impugnación gubernamental del plan Ibarretxe reitera que la jurisdicción constitucional puede reaccionar contra el resultado de la propuesta, "pero la intención misma y su debate o discusión son inmunes en una sociedad democrática a todo control jurisdiccional, singularmente si el debate se sustancia en un Parlamento, sede privilegiada del debate público".

El Constitucional insiste en que la tramitación del plan Ibarretxe conduce al "debate público sobre cuestiones de interés general" sobre el que carece de jurisdicción, ya que "el debate es absolutamente libre". Y en cuanto a las infracciones normativas alegadas, reitera que sólo pueden "ser causadas, obviamente, por normas, y nunca por proyectos o intenciones normativas que, en cuanto tales, pueden tener cualquier contenido".

El Constitucional descarta que los acuerdos impugnados sean "disposiciones normativas", ya que tramitan una propuesta, para la que son competentes, pero "en modo alguno culminan ni ponen fin al procedimiento de reforma estatutaria", ya que constituyen "secuencias consecutivas del procedimiento de reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma del País Vasco".

La mayoría del Constitucional admite que los parlamentarios vascos puedan pedir amparo respecto al acuerdo de la Mesa, pero, frente a ese argumento del abogado del Estado, recuerda que el Gobierno no es titular del derecho fundamental a la participación política que podrían invocar los recurrentes, no el Gobierno.

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