Un jurado alega celos para rebajar la pena de asesinato a un hombre de Jaén
Un jurado popular alegó ayer los celos y el estado depresivo de Manuel Gómez Carrera para exculparle del delito de asesinato a pesar de que él mismo admitió durante el juicio haber estrangulado a su ex mujer, Manuela Hermoso Caldera, de 39 años, el 23 de marzo de 2003 en Martos (Jaén). El jurado, compuesto por cinco hombres y cuatro mujeres, dio a conocer ayer su veredicto tras el juicio celebrado en la Audiencia de Jaén, y declaró culpable de un delito de homicidio a Manuel Gómez tras admitir las atenuantes de trastorno mental transitorio y confesión del acusado, además de entender que no existió premeditación.
Sin embargo, se da la circunstancia de que la propia defensa retiró durante el juicio la eximente de enajenación mental transitoria tras los testimonios de los peritos que negaron que la hipoglucemia que padecía pudiera ser causa de alteración psíquica. No obstante, el letrado aportó los atenuantes de arrepentimiento y arrebato para calificar los hechos como un homicidio en grado mínimo, extremos que ahora ha tenido en cuenta el jurado. Manuel Gómez reconoció durante el juicio que días atrás del suceso había dicho en varias ocasiones que tenía que matar a su mujer y que en meses anteriores la había amenazado de muerte y la había agredido.
Tanto la fiscalía como la acusación particular, ejercida por la familia de la víctima, y la acción popular que ejerció la Junta de Andalucía calificaron los hechos como asesinato. Según la secuencia de los hechos narrada por la fiscal, Manuel Gómez, llegó de madrugada al bloque donde vivía su ex mujer (se habían separado cuatro meses antes), manipuló las luces para que no se encendieran, se escondió en el portal. A la llegada de la mujer la atacó por la espalda sin que ésta pudiera defenderse, como aseguraron los forenses. La muerte se la produjo por asfixia tras estrangularla con las manos, con una cuerda y, finalmente, con un cinturón.
Tras el veredicto, la fiscal se vio obligada a rebajar su petición de pena a nueve años de prisión y una indemnización de 60.000 euros a los dos hijos del matrimonio.
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