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Desestimada la suspensión de la pena de prisión para el cura de Peñarroya

El Juzgado de lo Penal número 1 de Córdoba rechazó ayer la suspensión de la ejecución de la pena impuesta al sacerdote de Peñarroya, José Domingo Rey, condenado a 11 años de prisión por abusos sexuales a seis menores, de entre 8 y 9 años.

La defensa del sacerdote tiene la posibilidad de interponer un recurso más ante el Juzgado y la Audiencia antes de que se decrete el ingreso en prisión. Paralelamente, el Consejo de Ministros deberá resolver la petición de indulto realizada por unos 2.000 vecinos de la localidad afines al sacerdote condenado.

El Juzgado justifica su decisión en que "no existen circunstancias extraordinarias o excepcionales" que aconsejen la suspensión del ingreso en prisión. El auto judicial recoge que no procede suspender la ejecución de la condena por los motivos alegados por la representación legal del sacerdote, como son el hecho de que se haya interpuesto un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional y que se haya solicitado el indulto.

Sobre el primer argumento, el titular del juzgado sostiene simplemente que esa suspensión de la pena correspondería en cualquier caso al Constitucional. En cuanto a la petición de indulto, el juez indica que, si bien cabe la posibilidad de suspender la condena mientras se tramita esa solicitud, recuerda que la medida de gracia que supone el indulto "ha de fundamentarse en motivos excepcionales", entre los que se encuentra "la actitud personal del condenado con relación a los hechos que sirvieron de base para dictar sentencia condenatoria". En este sentido, se destaca que esa actitud "no puede ser otra que la del arrepentimiento", que en este caso "brilla por su ausencia".

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