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El Tribunal de Cuentas censura que no se calcule el coste de los beneficios fiscales

Un análisis del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas (TVCP) sobre los beneficios fiscales (deducciones e incentivos) establecidos por la haciendas vascas para los contribuyentes en sus principales tributos señala que se regulan sin dejar claro cuáles son los objetivos que se persiguen. Además, indica que las diputaciones forales no calculan la repercusión que van a tener para la recaudación. Critica asimismo que las normas que los regulan no tienen establecidos procedimientos para determinarlos y cuantificarlos. El análisis se ha realizado a petición de la Comisión de Economía y Hacienda del Parlamento vasco. El Tribunal considera los beneficios fiscales como un gasto real para la Administración que debe contabilizarse.

El Tribunal de Cuentas ha cifrado el importe de los beneficios fiscales en 2000 en 2.077 millones de euros. Reprepresentaron el 21% de lo que hubiesen recaudado las haciendas forales por los impuestos afectados, de no existir. El 68% de estos gastos se concentró en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas y en el Impuesto sobre Sociedades, siendo las medidas que más incidencia tienen la bonificación general por rendimientos de trabajo, la tributación conjunta, las aportaciones a planes de pensiones y a entidades de previsión social voluntaria y la deducción por adquisición de vivienda, así como la deducción por inversión en activos fijos nuevos, en el caso de actividades empresariales.

El TVCP observa también críticamente que al establecerse los benficios no se precisan los objetivos sociales o económicos que se pretende lograr con ellos. Critica además que en los presupuestos anuales del Gobierno y las diputaciones no se especifica el coste real o estimado de estos gastos. Señala igualmente que hay una falta de homogeneidad a la hora de reflejarlos en sus presupuestos y no se incluyen todos los conceptos que generan beneficios fiscales.

El Tribunal recuerda al Gobierno vasco y las diputaciones forales la "obligación" de informar en sus respectivos presupuestos de los beneficios fiscales previstos. A su juicio, "la actual situación de insuficiencia de información y falta de homogeneidad" requiere que las diputaciones forales y el Órgano de Coordinación Tributaria lleven a cabo una serie de actuaciones tendentes a corregirlo. Propone para ello una definición precisa de los beneficios fiscales, el establecimiento de los métodos para el cálculo del coste de cada uno de ellos y la dotación de los medios humanos y técnicos necesarios para la obtención y seguimiento de la información.

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