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El Supremo avala el estatus de ELA como sindicato 'más representativo'

La Sala Cuarta de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha reconocido en dos sentencias idénticas el carácter de ELA como sindicato más representativo en Euskadi y Navarra, al amparo de la definición establecida en la ley Orgánica de Libertad Sindical (LOLS). El Supremo desestima sendos recursos de UGT y sienta una jurisprudencia sobre la cual ELA ha exigido su inmediata incorporación a una veintena de consejos sectoriales y órganos de representación en Navarra de los que permanece excluida, pese a contar con el 23,15% de los delegados sindicales.

El pleito se inició cuando el Gobierno central nombró en 1996 y 1997 a dos representantes de ELA vocales del Consejo General de Formación Profesional y de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Los sindicatos UGT y CC OO recurrieron su designación sosteniendo que esos vocales correspondían a las organizaciones sindicales más representativas. Según los recurrentes, ELA, al estar presente en dos comunidades autónomas (Euskadi y Navarra), no podía acogerse al concepto de más representativo en el ámbito de una autonomía (15% de los delegados sindicales en ella) y debía cumplir el requisito que la LOLS establece para los sindicatos de ámbito nacional. En otras palabras, que ELA sólo podía estar representada en esos órganos si obtenía al menos el 10% de representatividad en España. En 2000 la Audiencia Nacional rechazó los recursos, pero UGT recurrió en casación ante el Supremo, que el pasado 1 de diciembre dictó sendas resoluciones volviendo a desestimar la lectura que esta central hace de la LOLS.

Discriminación

El Supremo dice a UGT que la literalidad del artículo 7.1 de la LOLS, que otorga, entre otros requisitos, la condición de sindicato más representativo a aquel que limite su ámbito territorial "al de la comunidad autónoma correspondiente" no debe ser interpretado "necesariamente" con la presencia del sindicato "en una sola" autonomía. Añade la sentencia que un entendimiento "estrictamente literal" del precepto "supondría discriminar a las organizaciones sindicales que expresa y decididamente restringen su actuación a determinadas comunidades autónomas", como es el caso de ELA. No podrían alcanzar la condición de de "sindicato más representativo" a nivel estatal, ya que se requiere un 10% de representación en el conjunto de España, y se verían obligadas a restringir su actuación sindical a una sola comunidad, ya que de extenderse a otra se le exigiría esa representación.

["El marco vasco de relaciones laborales no es un subsistema del español", afirmó ayer el secretario general de ELA, José Elorrieta, en el acto de presentación del libro Organizaciones sindicales y empresariales, negociación colectiva y marco vasco de relaciones laborales, obra del sociólogo Andoni Kaiero, catedrático de la Universidad de Deusto.

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