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El Tribunal de Cuentas denuncia graves anomalías en la gestión del Fondo Salarial

El Fogasa recibe más dinero de la Seguridad Social del que paga a los trabajadores desde 1999

El Tribunal de Cuentas ha detectado graves anomalías en el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), organismo público que indemniza a los trabajadores despedidos cuando sus empresas atraviesan dificultades. El fondo incurre en "serias deficiencias en la gestión y control" de sus deudores, las empresas a las que adelanta dinero, según un informe del tribunal, que indica que el Fogasa perdió 8,2 millones de euros en tres años al vender los bienes con los que a veces las empresas saldan sus deudas. Desde 1999, el fondo ingresa más de lo que paga a los trabajadores, lo que ha generado un excedente de 1.014 millones.

El Fogasa, que depende del Ministerio de Trabajo, paga a los trabajadores los salarios e indemnizaciones por despido que no pueden abonarles sus empresas por afrontar una grave crisis (insolvencia, suspensión de pagos, quiebra o concurso de acreedores). Pero tal favor del Estado a las empresas no es gratis. El Fogasa se convierte en acreedor de las compañías, que deben dar prioridad a la deuda contraída con Trabajo frente a otras. Sin embargo, en esta labor de recuperación del dinero público anticipado, el Fondo incurre en "serias deficiencias", según un informe del Tribunal de Cuentas recién aprobado sobre una inspección de 2001. Éstas son las principales críticas:

- Recuperación de la deuda. "Con carácter general debe indicarse que existen serias deficiencias en la gestión y control de estos deudores, tanto en lo que se refiere a la determinación inicial de la deuda como a las bajas tramitadas por cobro o por declaración de insolvencia". Esta deficiente recuperación del dinero se sustenta en dos pilares de mala gestión: la base de datos no registra la deuda real y no realiza una gestión coordinada y homogénea de sus deudores.

Tales fallos acarrean un problema de hondo calado político. "Como consecuencia de las deficiencias de control antes señaladas, la gestión recuperatoria desarrollada por el organismo adolece de falta de impulso, pues no se requiere el pago al deudor cuando se produce la subrogación; tampoco realiza Fogasa ninguna actuación general y sistematizada de búsqueda de bienes de los deudores, al menos de aquellos deudores de cierta magnitud".

El informe cita numerosas deficiencias que facilitan el impago de la deuda y, por tanto, perjudican al erario público. En algunos casos, la falta de los datos legalmente exigibles "incrementa el riesgo de impago". En otro ejemplo se señala que el Fogasa no ha actuado "con la diligencia debida" al analizar los bienes o derechos que la empresa deudora debe aportar como garantía. Cuando la garantía está constituida por bienes muebles, no se verifica que el valor del bien asegure el valor de la deuda pendiente. En suma, el Fogasa no investiga "la situación de los bienes entregados como garantía, lo que produce, en ocasiones, un menoscabo del interés del organismo".

- Intereses y valores erróneos. El informe detalla errores burdos. "Fogasa ha calculado en muchas ocasiones incorrectamente los intereses derivados de los convenios de pago suscritos, porque las tablas de amortización de los convenios se calculan por la aplicación informática, y ésta sólo contempla el sistema francés para su amortización. El Fogasa no ha interpretado correctamente la orden que establece que las cantidades aplazadas y pendientes de pago devengarán el interés legal del dinero vigente en cada ejercicio económico". Esto último, en unos casos ha perjudicado al Estado, que ha perdonado deuda, y, en otros, al deudor, que no se ha beneficiado del descenso de tipos.

- Enajenación de bienes. A veces las empresas saldan deudas entregando bienes. Y aquí Fogasa vuelve a fallar. "Ha aceptado daciones en pago de bienes, sin que se haya realizado la oportuna peritación de los bienes o habiéndose efectuado ésta con graves deficiencias". Tampoco opera diligentemente para recuperar deuda por vía judicial, pues no facilita la información necesaria.

Este procedimiento debería facilitar, al menos, ingresos iguales al valor oficial de los bienes entregados. Sin embargo, produce pérdidas. "El resultado obtenido por Fogasa por la enajenación de los bienes adjudicados en pago de deuda ha supuesto para el organismo unas pérdidas en torno a los 8,2 millones de euros entre 1999 y 2001, lo que representa el 29,9% del valor de adjudicación de los bienes enajenados".

Ese hecho es leído de manera inequívoca: "Este resultado negativo alcanza especial incidencia en los bienes que se adjudican directamente al organismo en pago de deuda, lo que pone de manifiesto la falta de realidad de las valoraciones asignadas y la necesidad de reformular los sistemas de enajenación que Fogasa viene empleando, a fin de evitar que la adjudicación de bienes en pago de deuda se convierta en una fuente constante de pérdidas para el organismo y en una vía de condonación implícita de deuda".

- Más cuotas que prestaciones. Fogasa se nutre, fundamentalmente, de cuotas recaudadas por la Seguridad Social. Y el informe constata que desde 1999 ingresa más de lo que paga a los trabajadores. En la actualidad, el excedente supera los 1.000 millones de euros. El tribunal no lo juzga un éxito. "El superávit de estas magnitudes financieras aconseja que el Ministerio de Trabajo estudie la conveniencia de seguir manteniendo las cotizaciones al organismo en el nivel actual o, en su caso, incrementar el nivel de las prestaciones que satisface".

El informe señala que tan insólito beneficio tiene un claro origen: "El motivo principal no ha sido tanto la evolución de los ingresos por recaudación de cuotas, que en los tres últimos años se han incrementado a una tasa interanual de un 10%, como la evolución de los pagos de prestaciones que en 2000 a 2001 se han reducido a menos de la mitad de las prestaciones reconocidas en los ejercicios de 1997 y 1998".

Opacidad y descoordinación

El informe subraya la dificultad del Tribunal de Cuentas para fiscalizar distintos aspectos contables del Fogasa. A 31 de diciembre de 2001, el organismo sólo tenía contabilizados a los deudores derivados de prestaciones satisfechas en 1999, 2000 y 2001. "Los correspondientes a ejercicios anteriores no estaban registrados". El tribunal ha hallado incluso diferencias entre lo oficialmente pagado y lo realmente abonado.

La falta de datos es alarmante: "La información contable sobre sus deudores no le permite conocer el detalle de lo que adeuda cada deudor". Un detalle sobre la pereza recaudatoria: "En caso de incumplimientos de convenios, el plazo medio que tarda el organismo en efectuar el requerimiento de pago es de 17 meses, lo que resulta excesivo".

El informe critica la perniciosa competencia que se produce entre Fogasa, Seguridad Social y Hacienda al intentar cobrar sus respectivas deudas a una misma empresa. "Esta situación pudiera resultar contraria a los principios de economía, eficacia y eficiencia en la gestión de los recursos públicos a que se refiere el texto constitucional". Pero hay peores signos de descoordinación: "Fogasa no comunica a la Agencia Estatal de Administración Tributaria las cantidades satisfechas a los trabajadores en concepto de salarios o de indemnizaciones, por lo que existe el riesgo de que quien percibe estas prestaciones no las incorpore a su base imponible de IRPF, sin que la Agencia tenga conocimiento. Este tribunal considera que debiera facilitar estos datos a la Agencia".

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