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El incidente de nulidad

El incidente de nulidad de actuaciones viene regulado en el artículo 240 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que admite la posibilidad de que quienes sean parte legítima o hubieran debido serlo, puedan pedir que se declare la nulidad de actuaciones "fundada en defectos de forma, que hubieran causado indefensión o en la incongruencia del fallo, siempre que los primeros no haya sido posible denunciarlos antes de recaer sentencia o resolución que ponga fin al proceso y que en uno u otro caso, la sentencia o resolución no sea susceptibles de recurso en el que quepa reparar la indefensión sufrida".

El incidente tiene que plantearse ante la propia Sala Especial del Tribunal Supremo encargada de ejecutar la sentencia de ilegalización de Sozialista Abertzaleak (SA), el antiguo grupo de Batasuna. Del incidente hay que dar traslado al Ministerio Fiscal y a la Abogacía del Estado, que en plazo de cinco días podrán formular por escrito sus alegaciones. Contra la resolución de la Sala Especial no cabe recurso alguno.

Sin embargo, cabe recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, y dadas las escasas posibilidades de éxito de esta iniciativa, fuentes del Supremo indicaron que llegar al Constitucional parece ser el verdadero objetivo de plantear el incidente de nulidad.

El pasado 30 de junio, la Mesa de la Cámara vasca planteó un incidente similar ante "la imposibilidad de dar cumplimiento" a la disolución de Sozialista Abertzaleak y a otros acuerdos del Tribunal Supremo. El incidente fue resuelto por la Sala Especial declarando nulo el acuerdo de interponer dicho incidente.

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