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Justicia creará un sistema de alerta para evitar excarcelaciones sin juicio

Propone hacer obligatoria la prueba del ADN para los sospechosos de delitos graves

El Gobierno pretende impedir las excarcelaciones de imputados que lleven el tiempo máximo de cuatro años de estancia en prisión sin juicio con la creación de un sistema de alerta cuando el encausado lleve en la cárcel 32 meses. Las enmiendas del Grupo Popular a la Ley de Enjuiciamiento Criminal presentadas la pasada semana pretenden asimismo regular la obligatoriedad de que los sospechosos de delitos graves se sometan a la prueba de ADN. Esta prueba es admitida desde hace tiempo por los tribunales.

El Grupo Parlamentario Popular, a instancias del ministro de Justicia, José María Michavila, presentó una serie de enmiendas a la Ley de Enjuiciamiento Criminal que se dirigen fundamentalmente a evitar el riesgo de excarcelación de los imputados especialmente en los delitos más graves y alarmantes, por superación de los límites máximos de la prisión provisional.

La primera medida que se propone es que cuando la prisión provisional exceda de las dos terceras partes de su duración máxima, el juez o tribunal y el fiscal comuniquen respectivamente esta circunstancia al presidente de la Sala de Gobierno y al fiscal jefe del tribunal correspondiente, "con la finalidad de que se adopten medidas precisas para imprimir a las actuaciones la máxima celeridad. A estos efectos, la tramitación del procedimiento gozará de preferencia respecto a todos los demás".

Otra de las previsiones es la creación de un Registro Nacional de procedimiento penales, en el que constarán las medidas cautelares adoptadas y su duración máxima. Este registro será un instrumento auxiliar de jueces y fiscales para el control de la tramitación de los procedimientos penales y su duración.

El director general para la Modernización de la Administración de Justicia, Alberto Dorrego, manifestó ayer que con la enmienda propuesta por el PP a la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) sobre prisión provisional, "será más difícil que existan excarcelaciones indebidas de personas procesadas penalmente".

Según dijo Dorrego en declaraciones a Efe, "los presidentes de las salas de gobierno y los fiscales jefes asumirán la responsabilidad de empezar a tramitar el procedimiento a la velocidad necesaria para impedir que se produzca dicha excarcelación".

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Junto a la enmienda anterior, el Gobierno proyecta extender los juicios rápidos a tres nuevos tipos de delitos: delitos de daños a mobiliario urbano y establecimientos comerciales y otros; delito de tráfico callejero de drogas y delitos de piratería intelectual.

También pretende simplificar la investigación, evitando molestias innecesarias y comparecencias durante la instrucción judicial que sólo tengan por finalidad la ratificación de lo declarado en el atestado. Además, los delitos recalificados por el juez de instrucción como faltas se celebrarán como tales en el acto.

Veto del PSOE

Por su parte, el Grupo Socialista en el Senado ha presentado una propuesta de veto y doce enmiendas parciales al proyecto de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en materia de prisión provisional.

El PSOE, que ya ha anunciado su rechazo a negociar ampliaciones del Pacto hasta que el Gobierno "cumpla" con los acuerdos ya suscritos, ha registrado en el Senado una propuesta de veto y 12 enmiendas parciales al texto remitido por el Congreso, lo que supone, según los socialistas, "un texto alternativo completo".

El PSOE propone limitar los presupuestos en los que se pueda adoptar la medida de prisión preventiva y recuerda se trata de una medida "excepcional, subordinada a las necesidades del procedimiento, limitada en el tiempo, sólo tolerable en caso de delito grave, subsidiaria y únicamente prorrogable para dar respuesta a las verdaderas necesidades del proceso".

Según las enmiendas del PSOE, será motivo para el ingreso inmediato en prisión la habitualidad de la denominada delincuencia menor o callejera. Esta medida es de aplicación a los robos, hurtos, tirones y carteristas.

La pertenencia a grupo o banda organizada para la realización de delitos, aunque sean éstos de menor gravedad, supondrá también el inmediato ingreso en prisión.

Custodia de muestras

Otra de las enmiendas del PP regulará la utilización de la prueba de ADN para fines de investigación criminal e identificación de cadáveres y desaparecidos.

El texto regula el valor probatorio de la tecnología de ADN y los procedimientos de obtención de muestras orgánicas (cabello, saliva, etcétera) del sospechoso, así como la cadena de custodia de las muestras y la práctica de análisis con seguridad y fiabilidad.

La obtención de muestras deberá ser ordenada por el juez de instrucción de manera fundada y siempre que sea determinante para el esclarecimiento del hecho. Se creará una comisión nacional de ADN-Forense encargada de homologar laboratorios, protocolizar las pruebas analíticas y coordinar los centros investigadores.

Los tribunales españoles admiten la prueba del ADN siempre que las muestras de material genético del acusado se obtengan por orden judicial, el delito sea grave y las pruebas no puedan obtenerse de otra manera.

Recientemente, en noviembre de 2002, el Tribunal Supremo aceptó la validez de una muestra de sangre extraída a un hombre acusado por su mujer de agresión sexual durante los trámites de separación. La muestra fue obtenida por orden judicial, por los procedimientos adecuados y en presencia del abogado del detenido.

El ministro de Justicia, José María Michavila.
El ministro de Justicia, José María Michavila.RICARDO GUTIÉRREZ

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