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El Supremo asegura que Atutxa creó un artificio para desobedecerle

El alto tribunal le acusa de dejar en manos de Batasuna la orden de disolución

El presidente del Parlamento vasco, Juan María Atutxa, del PNV, creó innecesariamente un artificio para obstaculizar la orden del Tribunal Supremo de disolver al grupo sucesor de Batasuna, según el auto de la Sala Especial divulgado ayer, que ordena tajantemente la retirada del grupo Sozialista Abertzaleak (SA) de la vida parlamentaria. El Supremo valora la actuación de Atutxa como "contraria al principio de lealtad constitucional".

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El auto de la Sala Especial explica que fue el propio Tribunal Supremo el que procedió el pasado 20 de mayo a decretar la disolución del grupo Araba, Bizkaia eta Gipuzkoako Sozialista Abertzaleak, y dejó en manos del Parlamento vasco "los simples actos de materialización de esa realidad".

En consecuencia, el Tribunal Supremo no aprecia las "lagunas" alegadas por el presidente de la Cámara, Juan María Atutxa, en el reglamento del Parlamento, por lo que las facultades de interpretación alegadas por éste deben considerarse "un artificio creado con el fin de obstaculizar lo resuelto por este tribunal".

Dentro de esa misma actitud, para el Supremo adquiere "sustancial entidad" el hecho de que al dar paso a la Junta de Portavoces entró para votar el grupo parlamentario disuelto, "cuyo voto fue además determinante del resultado final alcanzado". Los jueces acusan por ello a Atutxa de dejar en buena medida la ejecución final de los dictados del Tribunal Supremo en manos del grupo disuelto, que es cómplice de "una organización terrorista y mantiene una grave y constante actitud de deterioro del sistema democrático y de los derechos fundamentales". Fuentes del Parlamento vasco negaron ayer que los votos del antiguo grupo de Batasuna fueran "determinantes", ya que, ante la ausencia de IU, que no acudió a la Junta de Portavoces, PNV y EA representaban (el voto es ponderado) a 33 diputados, uno más que PP y PSOE. Aunque Batasuna-SA no hubiera votado, el resultado habría sido el mismo.

Sobre las alegaciones de que los responsables del Parlamento vasco estimen que todo cuanto afecte a la Cámara debería estar contemplado en su reglamento en garantía de autonomía, el Supremo se muestra tajante: "La autonomía en modo alguno equivale a soberanía, como tampoco la división de poderes permite la existencia de zonas resistentes al Estado de Derecho por parte de los órganos parlamentarios".

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"Ajena a la cuestión"

El Supremo soslaya la cuestión de la inviolabilidad de los parlamentarios, pues la considera "ajena a la cuestión que nos ocupa", ya que "las actas de diputados autonómicos de los miembros del grupo Sozialista Abertzaleak han permanecido incólumes, así como las funciones propias de su condición de parlamentarios".

El alto tribunal reitera después que la orden de disolución de SA dictada el 20 de mayo tiene por consecuencia "la desaparición radical y definitiva del expresado grupo en la vida jurídica". Y vista la "actitud obstruccionista" del Parlamento vasco procede a la "ejecución subsidiaria" de su mandato.

En primer lugar, el Supremo hace notar que pueden quedar "viciados de nulidad absoluta toda clase de actos jurídicos, públicos o privados" en los que intervenga el grupo Sozialista Abertzaleak, "pues es obvio que una misma realidad no puede dejar de existir y existir simultáneamente para sectores distintos del ordenamiento jurídico".

El auto traza después los efectos de la disolución del grupo. Se decreta el embargo de las subvenciones, fondos y saldos de cuentas corrientes; se responsabiliza al interventor general del Parlamento del reintegro de las cantidades entregadas al grupo Sozialista Abertzaleak desde el pasado 20 de mayo y de que no le abone cantidad alguna; se retira a los diputados el disfrute de locales y medios materiales, de cuyo cumplimiento se responsabiliza a Atutxa y al letrado mayor-secretario general de la Cámara, y se requiere a Atutxa, a los miembros de la Mesa y a los presidentes de comisiones para que en lo sucesivo impidan la presencia de los seis parlamentarios de SA en las actuaciones de la vida parlamentaria descritas en la resolución "bajo responsabilidad personal en caso de incumplimiento".

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