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Condena por un nacimiento tras una ligadura de trompas

El Tribunal Supremo ha condenado a dos médicos y al Servicio Valenciano de la Salud (SVS) a indemnizar con 60.000 euros a una mujer que dio a luz a gemelos tras una ligadura de trompas. Según la sentencia, que estima el recurso presentado por la mujer,los facultativos no informaron correctamente de los riesgos de la ligadura. Así, apunta que debería de haberse puesto de manifiesto el riesgo que existía de embarazo, y entiende probado que los facultativos que asistieron a la mujer y efectuaron la ligadura de trompas no comunicaron a la paciente información alguna, limitándose a la práctica de la operación.

La demanda original es de 1992 cuando la citada mujer demandó a dos doctores y al SVS por "negligencia en la atención y seguimiento clínico, derivados de su intervención facultativa en la ligadura de trompas infructuosa que se le practicó en mayo de 1989" y por los daños y perjuicios causados por el embarazo que dio lugar a un parto gemelar en octubre de 1991 mediante cesárea y nueva ligadura de trompas. Un juzgado de Alicante desestimó la demanda de la mujer, al igual que la Audiencia Provincial. Finalmente el Tribunal Supremo ha dado la razón a la demandante.

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