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ELECCIONES 25M | Las propuestas de los candidatos

Mendiluce pide el derecho a un testamento vital para los ancianos

José María Mendiluce, candidato de Los Verdes de Madrid a la alcaldía, se comprometió ayer a impedir desde el Ayuntamiento que una sola persona, anciana o no, fallezca sin haber tenido la posibilidad de realizar su testamento vital: la aplicación libre de su voluntad a los trances de la enfermedad y de la muerte. Para conseguir satisfacer este derecho anunció que creará un departamento municipal de atención confidencial y personalizada, que informará a los interesados sobre sus derechos al respecto y velará por su cumplimiento en momentos trascendentes. "Los ciudadanos, sobre todo los de edad, deben poder abordar anticipadamente situaciones en las que su voluntad, aunque hayan perdido la capacidad de expresarla, prevalezca", subrayó Mendiluce.

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En situaciones de enfermedad, muchos madrileños (uno de cada cuatro tiene más de 65 años), suelen verse privados de la lucidez o libre albedrío necesarios para decidir sobre su destino a partir de esos momentos. Por esta razón, el futuro departamento garantizará este servicio público a escala municipal madrileña acorde con la Ley 41/2002, de ámbito estatal, que entra en vigor en fechas próximas.

Los Verdes de Madrid integrarán este nuevo departamento en una concejalía social y sanitaria, por entender que "buena parte de los problemas relacionados con la Sanidad tienen un trasunto social que exige su tratamiento conjunto", explicó Mendiluce.

El testamento vital es un acto voluntario mediante el cual la persona enferma o, simplemente, previsora, dispone de su arbitrio para decidir cuáles son sus deseos sobre aspectos como una posible incapacitación; la designación de un tutor legal para velar por él durante su incapacidad; el otorgamiento de consentimientos válidos sobre decisiones clínico-asistenciales y, señaladamente, para el logro de una buena calidad de vida y de muerte en tales trances, con capacidad para preelegir métodos paliativos y una muerte digna. Asimismo, puede regular el destino de sus restos (la sepultura tradicional o la incineración), entre otros asuntos.

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