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La UE abre las fronteras a deportistas extranjeros de más de 100 países

El alto tribunal europeo falla que los 'comunitarios B' no pueden ser discriminados por su nacionalidad

El portero eslovaco de balonmano Maros Kolpak se convirtió ayer en el Jean-Marc Bosman de los países del Este y del Mediterráneo. Este jugador ha conseguido que el Tribunal de la Unión Europea dicte una sentencia que le permite jugar con su equipo alemán sin ocupar plaza de extranjero. La sentencia, de cumplimiento inmediato, puede abrir las puertas a deportistas de hasta 27 países que tienen firmados tratados de asociación y cooperación con los Quince. E incluso, según la Comisión, a otros 77 países de África, el Caribe y el Pacífico con acuerdos similares.

La argumentación de la Corte de Luxemburgo, la más alta instancia jurisdiccional europea, la misma que resolvió el caso Bosman, se basa en una cláusula que se repite, si no literalmente sí en cuanto a su espíritu, en todos los tratados de Asociación y Cooperación. En ella se dice que toda persona procedente de esos terceros países, que reside legalmente en la UE y que posee un permiso de trabajo no puede ser discriminada por razones de nacionalidad en cuanto a las condiciones laborales. El reglamento de la federación alemana de balonmano, como otros, incluido el español, sólo permite jugar a los eslovacos ocupando una ficha de extranjero. El alto tribunal encuentra "discriminatorio" ese tratamiento.

Maros Kolpak, por tanto, ya puede jugar desde ayer como comunitario en su equipo, el Ostringen, de la segunda división alemana. La clave se encuentra en ver hasta dónde se extiende esta sentencia. La jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE es irrebatible y, por tanto, de obligado cumplimiento. Los expertos entienden que se creará un efecto dominó no sólo entre los deportistas eslovacos, sino también con todos los de aquellos países que tienen firmados tratados similares con la UE. No sólo en balonmano, sino en cualquier deporte.

De momento, serán al menos 27 países los beneficiados: los 13 que poseen acuerdos de Asociación (los diez que se incorporarán a la UE el 1 de mayo del año próximo, además de Bulgaria, Rumania y Turquía) y otros 14 países con convenios de Cooperación, donde también se incluyen cláusulas en favor de la no discrimación de sus trabajadores.

Extensión a otros 76 países

Sin embargo, hay interpretaciones aún más aperturistas. Horas después de conocer la sentencia, la Comisión Europea advirtió, a través de un portavoz autorizado, de que la lista de potenciales beneficiarios puede extenderse a 77 estados de África, el Caribe y el Pacífico firmantes del acuerdo de Cotonú con la UE. "La sentencia implica que los deportistas procedentes de estos países, y legalmente establecidos en la UE, deberán ser considerados de la misma forma que los nacionales y no cubrir plaza de extranjeros en aquellas competiciones donde existan cuotas para extracomunicarios", puntualizó el portavoz de Viviane Reding, comisaria europea de Eduación y Deporte.

El Gobierno español, por su parte, ha defendido siempre las tesis más restrictivas sobre este caso por "la defensa de la identidad del deporte español y de los deportistas españoles". El tribunal aclara a este respecto que las selecciones nacionales sí tienen derecho a "excluir a los extranjeros por motivos puramente deportivos".

España es uno de los más restrictivos. Los deportistas de los países del Este no pueden jugar como comunitarios. En la Primera División de fútbol hay una decena de casos, como los rusos Karpin y Khokhlov, o el turco Nihat, todos de la Real. Y lo mismo ocurre en balonmano. El baloncesto ha sido el deporte más combativo en este asunto. Hace dos temporadas, el Tau consiguió que un juzgado de Barcelona reconociera los derechos de Sherron Mills, americano con pasaporte turco. Aquel año, hubo seis jugadores de la Liga ACB (Milic y Zidek en el Madrid, Jasikevicius y Karnisovas en el Barça y Stombergas y Timinskas en el Tau) que pudieron jugar como comunitarios. Pero otras sentencias posteriores, contrarias a los jugadores, supusieron la vuelta a la situación anterior.

Aplicación ya en la ACB

Ahora, el baloncesto vuelve a reaccionar con rapidez a la sentencia europea. La Liga ACB ha anunciado que admitirá las fichas de los comunitarios B. Y varios clubes, como el Barcelona y el Tau, han asegurado que darán ese paso. No obstante, pueden chocar con los criterios de la federación, el organismo que expide las licencias y que se ha mostrado contrario a la apertura.

Hasta ahora, los clubes españoles han competido en inferioridad de condiciones con respecto a los de otros países donde existe libre circulación de jugadores. El Barça, por ejemplo, puede alinear hoy en la Final a Cuatro al brasileño Varejao como extranjero, mientras que no lo hace en la Liga porque Jasikevicius, lituano, ocupa su plaza. En la Euroliga, en cambio, se les permite jugar a ambos. Con la nueva sentencia, podrían unificarse los criterios. De hecho, al mismo tiempo que se hizo pública, los ministros de Deporte de la UE estaban reunidos en Atenas.

A pesar de las prisas de la ACB por aplicar la sentencia de inmediato, la lógica indica que no se generalizará hasta el inicio de la próxima temporada, como ocurrió con el caso Bosman. En aquel entonces, la sentencia se dictó en diciembre de 1995 y, aunque hubo algún club rebelde, las ligas europeas no abrieron sus puertas a los comunitarios hasta el verano de 1996. De hecho, las competiciones se han iniciado con una normativa que no se puede cambiar. Por eso, la mayoría de los clubes esperará a que comience la próxima. En fútbol el plazo para efectuar fichajes de cualquier nacionalidad terminó el pasado mes de enero.

El ruso Karpin, jugador de la Real Sociedad.
El ruso Karpin, jugador de la Real Sociedad.

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