Confebask bloquea la participación sindical en la política industrial
La nueva ley, que crea un registro obligatorio de empresas, no tendrá dictamen del CES
La patronal vasca Confebask rechazó el pasado miércoles en el pleno del Consejo Económico y Social (CES) una propuesta de UGT que pedía la participación de los agentes económicos y sociales en los programas de promoción industrial. Así, la futura ley de Industria, que establece un sistema sancionador con multas de hasta un millón de euros y crea un Registro industrial, no contará con el preceptivo dictamen del CES. La norma, pendiente de aprobación por el Consejo de Gobierno, es la principal ley que impulsará esta legislatura por el Departamiento de Industria.
La negativa de la patronal a incluir ese apartado motivó que la parte sindical del CES, en la que se encuentran las cuatro centrales más representativas (ELA, CC OO, LAB y UGT), rechazase el dictamen en su conjunto. El mecanismo de decisión del pleno del CES exige el apoyo de los cuatro grupos (patronal, sindical, expertos independientes y el mixto de cajas de ahorro, cooperativas, universidades,...) a cada uno de los dictámenes que realiza.
El texto, que quiere completar la ley de Industria de 1992, en muchos aspectos básica, se ordena en seis capítulos. El primero determina el ámbito de aplicación y establece las responsabilidades de quienes se dedican a la actividad industrial, determinada en el segundo capítulo. El tercero establece el marco jurídico de la llamada seguridad industrial y sus requisitos, que se complementa con la calidad, recogida en el siguente epígrafe de la norma. El capítulo quinto es el que regula la promoción industrial, el elemento de discordia en el seno del CES. Por último, el capítulo sexto estipula un régimen sancionador y tipifica las infracciones. Las sanciones que establece el borrador oscilan de los 300 euros de las más leves al millón de euros de las muy graves.
El Gobierno vasco desarrolla su política industrial muy ligada a las necesidades empresariales y con una amplia concertación con las patronales territoriales y con Confebask. De hecho, la política de promoción es la clave de estas relaciones. Es precisamente en este aspecto en el que quiso entrar UGT, con el apoyo del resto de las centrales, para lograr que los trabajadores también pudieran participar en la promoción.
La enmienda de UGT proponía crear una comisión de análisis y evaluación que vigilara la propia promoción y cómo ésta afecta a los desequilibrios territoriales y al medio ambiente. La propuesta se basaba en la teoría de la participación de los trabajadores en la gestión, inspirada en la iniciativa de los agentes sociales a la Convención Europea reivindicando la participación efectiva en la llamada gobernanza económico-social. La enmienda rechazada por la patronal establece: "Es de difícil comprensión y racionalidad que la política industrial se ejecute al margen de los agentes sociales. La participación es una expresión concreta de democracia institucional y de racionalidad social y económica".
El borrador de la norma, que tiene una voluntad de control del sector, establece la creación de un Registro de Establecimientos Industriales de carácter obligatorio. Además de contar con los datos básicos de la empresa, este Registro podrá requerir aquellos que crea pertinentes para mejor conocimiento de la actividad industrial.
La promoción económica se establece como uno de los pilares en los que quiere entrar la norma tanto en el fomento de la sociedad de la información, la internacionalización, la innovación o las ayudas. Todos los anteriores elementos tienen su colofón en el régimen sancionador, que establece infracciones muy graves, graves y leves. Las primeras deben conllevar un riesgo o daño muy grave o inminente a las personas o los bienes y abarcan desde la realización de una actividad sin permiso a la negativa a colaborar en una inspección, pasando por la ocultación deliberada de información o el incumplimiento de medidas cautelares. Estas infracciones pueden acarrear sanciones de 30.000 a un millón de euros.
Las sanciones por las faltas leves osilan entre 300 y 6.000 euros y las graves, entre 3.000 y 90.000 euros. En todo caso, si de la infracción se obtiene un beneficio cuantificable la multa podrá alcanzar el doble del mismo. Como sanción complementaria se establece la imposibilidad de acceder a subvenciones y realizar contratos con administraciones públicas durante dos años en las infracciones graves y cinco en las muy graves. Existe también la posibilidad de suspender la actividad en el caso de sanciones muy graves. El órgano para imponer las sanciones es el Departamento de Industria. El Ejecutivo deberá ahora aprobar el texto sin el dictamen del CES, la petición del cual es preceptiva, aunque su resultado, en caso de aprobarse, no es vinculante.
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