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El TSJA congela la orden de la Junta contra la póliza de Castillejo

El auto interrumpe el plazo dado por Economía a Cajasur para que anule el seguro

Alejandro Bolaños

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) confirmó ayer el criterio que ya había anticipado el pasado viernes e interrumpió el plazo de 20 días que había dado la Consejería de Economía a Cajasur para que eliminase los efectos de la póliza millonaria en favor del presidente de la entidad, el sacerdote Miguel Castillejo, que "contravienen el ordenamiento vigente". En su auto, el Tribunal extiende la "suspensión provisionalísima" que ya decidió hasta resolver el recurso de la caja contra la orden de la Junta, al entender que, si no, el recurso podría no tener eficacia en caso de ser admitido.

La Consejería de Economía culminó el día 3 el proceso administrativo que había abierto tras conocer que Cajasur contrató en 2001 por 2,9 millones de euros una póliza que permitirá a su presidente cobrar una renta vitalicia de al menos 213.000 euros anuales cuando abandone la caja. Economía declaró que la póliza "contraviene el ordenamiento vigente" al considerarla una indemnización por cese en el cargo, algo prohibido por la Ley andaluza de Cajas.

En el punto segundo de su resolución, la Consejería requirió a Cajasur para que, "en el término de veinte días lleve a cabo las actuaciones pertinentes a fin de impedir que la ejecución" de la póliza permita la percepción de esa renta vitalicia por parte de Castillejo o "de otras personas a su instancia" (el seguro reconoce el derecho de sus cuatro hermanas a heredar sucesivamente la mitad de esa renta).

Cajasur presentó un recurso contra la resolución en el que pedían la suspensión cautelar de este segundo punto hasta que el TSJA se pronunciara sobre la legalidad del acto de la Junta. El tribunal, en un auto hecho público ayer, admite esa solicitud y congela el plazo dado por la Economía, que vencía la próxima semana.

"Ningún perjuicio se seguirá para los intereses públicos porque se demoren las actuaciones pertinentes hasta que se decida lo procedente" sobre el recurso de Cajasur, argumenta el TSJA. Ahora habrá que esperar a que el tribunal dictamine sobre la impugnación de la caja, que asegura que la póliza es "un complemento de pensión" y niega a la Junta legitimidad para dictaminar sobre este contrato. Una fuente de Cajasur indicó que el fallo del tribunal puede tardar "meses" y que, si es contrario a sus tesis, aún cabe un recurso al Supremo, lo que puede bloquear la orden de varios meses más.

Cuestión de fondo

El TSJA, que recuerda que en esta decisión no se adentra "en cuestiones de fondo", sí señala que "no existe apariencia de buen derecho" en la orden de la Junta al basar sus conclusiones sobre la ilegalidad de la póliza de Castillejo en un artículo del título quinto de la Ley de Cajas. En este primer análisis, el tribunal entiende que ese artículo está suspendido en lo que respecta a Cajasur por el recurso ante el Constitucional que presentó el Gobierno en 2000 contra la ley andaluza por rebajar la presencia de la Iglesia en los órganos de gobierno de la caja cordobesa.

La consejera de Economía, Magdalena Álvarez, señaló ayer que ese argumento, que los servicios jurídicos de la Junta niegan, es "incongruente" con una sentencia de un tribunal de Córdoba. Ese tribunal denegó una petición de la Junta para que suspendiera un acuerdo de Cajasur por otro artículo de ese mismo título quinto. "La batalla jurídica será amplia, compleja y larga", coincidió Álvarez.

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