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Reportaje:

Pasado prohibido

El Tribunal de Estrasburgo niega a una adoptada conocer la identidad de su madre biológica

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo resolvió ayer un delicado problema de intereses en el ámbito familiar. Su decisión implica que, cuando una madre abandona al recién nacido entregándolo al Estado, ésta tiene derecho a conservar el anonimato, por encima del derecho del hijo a conocer su familia biológica. Los jueces ven adecuada la ley francesa que protege la identidad de la madre para evitar abandonos salvajes de bebés y abortos clandestinos.

El asunto ha sido resuelto a partir de la solicitud de Pascale Odièvre, francesa de 37 años, que demandó al Estado por negarle el derecho de saber quién es su madre natural. Por 10 votos a 7, el tribunal decidió que esa negativa es correcta y no viola el respeto de la vida privada y familiar, protegido por el artículo 8 de la Convención Europea de los Derechos Humanos.

El caso viene de 1965, cuando una mujer que dio a luz en París prefirió que su identidad se mantuviera secreta e inscribió el abandono de la recién nacida en la asistencia pública. El bebé permaneció bajo la responsabilidad de la Dirección de Ayuda Social a la Infancia hasta que una familia la adoptó, cuando ya tenía tres años. Se estima en unos 400.000 los franceses censados en parecidas circunstancias.

Hace 12 años, Odièvre supo que había vivido sus primeros años en un orfanato y que tenía tres hermanos biológicos. En 1998 se decidió a pedir a las autoridades que le revelaran la identidad de su familia natural, acusando al Estado de "discriminación fundada en el nacimiento" por la imposibilidad de conocer su historia. Si la sentencia hubiera sido condenatoria, habría obligado a Francia a modificar una legislación con base en la Revolución de 1789.

Una reforma, en vigor desde 2002, facilita la investigación de los orígenes biológicos de una persona, pero mantiene la necesidad de que la madre natural acepte previamente que se revele su identidad. Al tribunal le parece "equilibrada" esa situación legal, y que levantar sin consenso el secreto abre la puerta a "riesgos no despreciables" para la madre, la familia adoptiva, su padre y sus hermanos biológicos, que "también tienen derecho al respeto de su vida privada y familiar".

La demandante había alegado que tampoco podía recibir bienes de su madre natural. Pero los jueces entienden que esta mujer (Odièvre es el apellido del padre adoptivo) tiene lazos patrimoniales y de sucesión con su familia adoptiva, por lo que no puede pretender, respecto de la madre biológica, una situación comparable a la de los hijos reconocidos por ésta.

"Me siento decepcionada, pero no hundida", dijo Odièvre al saber el veredicto. Su abogado no entiende que el tribunal haya dado la razón "al más fuerte de ambas partes, o sea, a la madre".

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