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La Comunidad, condenada a abonar la colegiación de sus 30.000 sanitarios

La Administración deberá abonar más de 30 millones de euros a los profesionales

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha condenado a la Consejería de Sanidad a reintegrar a 96 enfermeras de varios hospitales públicos la cuota que éstas han pagado desde 1998 al Colegio de Enfermería. Los jueces ya han dictado cuatro sentencias en el mismo sentido, lo que significa que Sanidad deberá hacerse cargo de las cuotas de todas las enfermeras de la sanidad pública que las reclamen. En la región trabajan 15.000 enfermeras y 15.000 médicos, por lo que la factura total que Sanidad tendrá que pagar ascenderá a 30 millones de euros, según el sindicato de enfermería Satse.

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Tres años de pleitos para que el Gobierno pague las cuotas

Los presupuestos de la Consejería de Sanidad son los mayores del Gobierno regional y superan los 4.000 millones de euros. En ellos, sin embargo, no hay ninguna partida destinada a pagar las cuotas colegiales de los médicos y enfermeros que trabajan en la sanidad pública.

Las cuotas colegiales son de obligado pago para los profesionales sanitarios. Cualquier médico o enfermera que quiera trabajar en la región está obligado a pagar cada trimestre una cuota a su colegio profesional. La cuota trimestal del Colegio de Médicos es de 72 euros, según el sindicato médico Cesm-Madrid. El del Colegio de Enfermería es de 45,24 euros, según Satse.

Hasta hace poco, los 30.000 médicos y enfermeros de la sanidad pública pagaban ese dinero de su bolsillo. En total, todos los profesionales abonan a sus colegios profesionales unos 7,21 millones de euros al año.

Los sindicatos del sector empezaron a reclamar en los tribunales al Insalud, dependiente del Ministerio de Sanidad y entonces gestor de la sanidad pública, el pago de las cuotas de sus afiliados en 1998.

"Para nosotros era una cuestión lógica. Si necesitas estar colegiado para trabajar y sólo trabajas para un patrón, en este caso el Gobierno regional, lo normal es que él pague las cuotas. Si no, es como pagar un impuesto para trabajar", argumenta José María Porras, secretario general de Satse en Madrid.

Pasaron tres años hasta que, en julio de 2001, el Tribunal Supremo les dio la razón. El Supremo obligó al Ministerio de Sanidad a hacerse cargo de las cuotas de sus empleados a partir de entonces. Pero, además, el Supremo obligó al Insalud a devolver a sus trabajadores el dinero que éstos se habían gastado en sus colegios profesionales desde el último trimestre de 1998.

Los magistrados eligieron ese trimestre porque fue en octubre de 1998 cuando el Insalud empezó a pagar las cuotas de sus inspectores médicos. "Era discriminatorio que el Insalud sólo pagara las cuotas colegiales a los inspectores y no al resto de profesionales", sostiene Porras.

Cambio de estrategia

Tras la sentencia del Supremo, que le obligaba a pagar las cuotas de decenas de miles de empleados, el Insalud cambió de estrategia. Hasta entonces presentaba recurso contra las sentencias porque creía que las cuotas debían pagarlas los trabajadores. A partir de entonces, los recursos del Insalud lo que pretendían era que fueran las comunidades autónomas las que pagaran la factura. "Con el traspaso de las competencias sanitarias [el 1 de enero de 2002] desde el Gobierno central a los Gobiernos regionales, éstos asumieron los derechos y obligaciones de la gestión de la sanidad pública. Y el pago de las sentencias es una obligación que debe asumir la Comunidad de Madrid", sostienen fuentes jurídicas y sanitarias.

Los casos que ahora ha visto el Tribunal Superior de Justicia de Madrid son cuatro recursos del Ministerio de Sanidad a otras tantas sentencias de juzgados de lo Social que le habían condenado a pagar las cuotas de 96 enfermeras que trabajan en varios hospitales públicos de la región.

"El Insalud recurre al estimar que la obligación de pagar las cuotas colegiales no le son ya exigibles por el traspaso a la Comunidad de Madrid de los servicios sanitarios. Solicita, en consecuencia, una sentencia absolutoria y la condena del Instituto Madrileño de Salud [dependiente de la Consejería de Sanidad]", recoge una de estas sentencias, dictada el pasado 26 de enero.

Este fallo, en el que actuó de ponente el magistrado Juan José Navarro Fajardo y que anula una sentencia del Juzgado de lo Social número 4, sostiene que el traspaso de competencias "dispuso el cierre del sistema y liquidación de las obligaciones exigibles [al Insalud] a 31 de diciembre de 2001".

Por ello, el magistrado considera que cuando la Comunidad de Madrid asumió la gestión de la sanidad pública, también asumió todas las obligaciones que ésta tuviera que cumplir, entre ellas el pago de cualquier cantidad de dinero derivada de la actividad de la sanidad pública.

"Revocamos la sentencia para absolver al Insalud y, por el contrario, condenamos al Instituto Madrileño de Salud a abonar" a las enfermeras el pago de las cuotas "desde el cuarto trimestre de 1998", concluye el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

El Imsalud ha recurrido esta sentencia ante el Tribunal Supremo. En los últimos meses, los tribunales superiores de otras comunidades autónomas han sentenciado sobre el mismo asunto de forma contradictoria. El de Madrid ha fallado a favor del Insalud, pero otros, como el de Baleares, lo han hecho en favor de la Consejería de Sanidad del Gobierno balear y han obligado al Insalud a pagar las cuotas de sus antiguos empleados.

El fallo dispar de estas sentencias se solucionará en el Tribunal Supremo, que se verá obligado a unificar doctrina. Pero previsiblemente el Supremo aún tardará varios meses en pronunciarse.

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