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Un juez condena a seis meses de prisión a un técnico de la Confederación del Segura por un vertido de lodos

Un técnico de la Confederación Hidrográfica del Segura y el responsable de la empresa Pozos Reunidos S.L. han sido condenados a seis meses de prisión, ocho meses de multa e inhabilitación de un año para ejercer su profesión por cometer un delito contra el medio ambiente. El juzgado número 1 de Lo Penal de Orihuela estima que las tareas de extracción de lodos que ambos coordinaron durante el verano de 1998 fueron constitutivas de un delito ecológico y declara a la CHS responsable civil subsidiaria.

El primer fallo emitido en un juicio relacionado con la contaminación del río Segura ha sido condenatorio. Luis Javier Fábregas González, representante de la mercantil Pozos Reunidos S.L. y Luis Muñoz Bravo, técnico de la Confederación Hidrográfica del Segura, cometieron un delito contra el medio ambiente al extraer fangos contaminantes procedentes del cauce del río Segura y autorizar su posterior vertido en los sotos de Rojales y Orihuela y en los Saladares de Arneva. La sentencia que ha dictado el juzgado número 1 de Lo Penal de Orihuela condena a los dos acusados a seis meses de prisión, ocho meses de multa con una cuota diaria de seis euros e inhabilitación durante un año para ejercer su profesión o desempeñar cualquier oficio que esté relacionado con materias medioambientales. Asimismo, la magistrada María Teresa Martínez establece una indemnización de 6.490,93 euros para la empresa Agropaco, una de las partes que denunció los hechos y que sufrió afecciones directas en sus cosechas por los vertidos contaminantes. La sentencia declara a la CHS y a Pozos Reunidos, filial de Aquagest Levante S.A., responsables civiles subsidiarios de los condenados. La sentencia es diáfana y tajante en sus conclusiones. A lo largo de sus veinte páginas, la juez constata como hechos probados las múltiples irregularidades y negligencias en que incurrieron los dos condenados, responsables de las tareas de extracción y limpieza de lodos en el cauce del río Segura.

Aunque el contrato que suscribieron la Confederación y Pozos Reunidos indicaba con absoluta claridad la obligación de trasladar los fangos a un vertedero autorizado, este punto se vulneró. Los vertidos se efectuaban en los sotos 6 y 18 de Rojales y 7 y 9 de Orihuela, así como en los Saladares de Arneva "siguiendo las instrucciones del técnico encargado,Luis Javier Fábregas" y con el conocimiento del técnico de la Confederación, Luis Muñoz Bravo. Según la sentencia, el método que se empleó para limpiar el cauce tuvo consecuencias gravemente perjudiciales para el ecosistema y las cosechas de la zona. Los lodos contaminantes se depositaron, por orden expresa de los dos condenados, en zanjas sin impermeabilizar o en el propio suelo de los sotos lo que propició su vuelta al cauce..

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