El Constitucional avala la subida de pensiones en Andalucía que impugnó el Gobierno central
El socialista Chaves cree que "los teóricos de la confrontación del PP han recibido un varapalo"
El pleno del Tribunal Constitucional ha avalado las ayudas complementarias a favor de los pensionistas por jubilación e invalidez, en sus modalidades no contributivas, establecidas por la Junta de Andalucía en 1998 y 1999. La sentencia del máximo intérprete de la Constitución -probada por siete votos a cuatro- desestima los conflictos de competencia promovidos por el Gobierno central contra sendos decretos autonómicos y declara que dichas ayudas se encuadran en el ámbito competencial autonómico de la asistencia social y no en el de la Seguridad Social, competencia exclusiva del Estado.
La decisión de la Junta de Andalucía implicaba una subida adicional del 1,8% respecto a la pensión prevista en los Presupuestos Generales del Estado. El Gobierno la impugnó, con base en que la Constitución atribuye al Estado competencia exclusiva sobre "la legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social". La Junta contraargumentó que las ayudas se habían concedido en el ejercicio de la competencia exclusiva de la comunidad de Andalucía en materia de "asistencia y servicios sociales".
La sentencia del Constitucional, de 35 folios y de la que ha sido ponente Eugenio Gay, razona que, aunque los beneficiarios de las ayudas estén ya incluidos en el ámbito protector de la Seguridad Social, "nada impediría, desde la perspectiva de la legitimidad constitucional, que las comunidades autónomas con competencia en materia de asistencia social otorgasen ayudas de esta naturaleza a colectivos de personas que, aun percibiendo prestaciones asistenciales del sistema de Seguridad Social, se encontraran en situación de necesidad, siempre que con dicho otorgamiento no se produzca una modificación o perturbación de dicho sistema o de su régimen económico".
El Constitucional considera "una exigencia del Estado Social de Derecho que quienes no tengan cubiertas sus necesidades mínimas por la modalidad no contributiva del sistema de la Seguridad Social puedan acceder a otros beneficios o ayudas de carácter o naturaleza diferente", siempre que quien la otorgue tenga competencia en la materia.
Ayudas complementarias
La resolución reconoce "la dificultad y complejidad" de "todo intento de deslinde de las fronteras entre la Seguridad Social y la asistencia social", pero resalta que las ayudas tienen "carácter complementario" respecto a las pensiones de la Seguridad Social; que son ayudas extraordinarias, y por lo tanto limitadas en el tiempo y carentes de módulos de actualización, y que se abonan a cargo de los presupuestos autonómicos..
Otro argumento de la sentencia es que "las prestaciones económicas instrumentadas por la Junta de Andalucía con sus propios recursos no interfieren ni quebrantan el régimen económico unitario de la Seguridad Social, ya que de su régimen jurídico se deduce con claridad que no generan obligación económica o carga alguna que deba soportar el Estado".
El Tribunal Constitucional considera que "la comunidad autónoma de Andalucía puede libremente, en virtud de su competencia exclusiva en materia de asistencia social y de su autonomía financiera, dedicar fondos de su presupuesto a la finalidad de mejorar la situación de estos pensionistas y, al hacerlo, realiza una opción, entre otras posibles que se pudieran proyectar sobre los distintos ámbitos de su competencia", en consonancia con la autonomía política que prevé "el artículo 2 de la Constitución".
Los magistrados Vicente Conde Martín de Hijas, con la adhesión de Javier Delgado, y Roberto García-Calvo, elaboraron sendos votos particulares fundamentados sobre la difícil distinción entre Seguridad Social y asistencia social. El presidente del tribunal, Manuel Jiménez de Parga, se adhirió a ambos votos disidentes.
"Ceguera del PP"
Tres años después de que lo acusaran de "romper la caja única", de fomentar "el mercadeo político" y de vulnerar "la lealtad constitucional", el presidente de la Junta de Andalucía, el socialista Manuel Chaves, pudo ayer mostrar la sentencia del Constitucional que avala su decisión. "Los teóricos de la confrontación por la confrontación han tenido nuevamente un varapalo jurídico de enorme trascendencia", afirmó pletórico Chaves.
"Una vez más, el Gobierno y el PP se guiaron por la ceguera ante una decisión que emanaba de la Junta", afirmó. A su juicio, los populares caen en una "contradicción evidente" al mantener una "actitud distinta" con las decisiones de Andalucía con otras que se adoptan en Cataluña.
Por su parte, la presidenta del PP, Teófila Martínez, interpretó que la sentencia "desenmascara" a la Junta, ya que, según ella, el Gobierno autonómico "vendió" el incremento suplementario "como una subida de pensiones" y no como "una ayudita" asistencial.
El secretario general del PSOE, José Luis Rodríguez Zapatero, pidió ayer al presidente del Gobierno, José María Aznar, que explique la campaña que el PP hizo contra Chaves, tras la sentencia que "avala las tesis de los socialistas andaluces y descalifica toda la campaña en contra realizada por el Gobierno del señor Aznar".
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