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El difícil equilibrio social y académico

La Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE) establece que la educación obligatoria debe iniciarse a los seis años y extenderse durante 10. Pero en el capítulo dedicado a los alumnos con necesidades educativas especiales se abre la posibilidad de flexibilizar.

La normativa recurrida del ministerio ahondó en ese sentido: 'La orden intenta equilibrar el principio de empezar a los seis años con lo que incorpora la ley para este tipo de los alumnos. Por eso, establece un máximo de un año de adelanto de curso', explica el que era secretario de Estado de Educación con el PSOE cuando la orden fue aprobada, el catedrático de Psicología de la Educación Álvaro Marchesi.

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Tras esa orden se permite hacer los diez años de educación obligatoria en ocho, avanzando al niño un curso en primaria y otro en secundaria. Y la LOGSE ya prevé que se puedan hacer adaptaciones del currículo para estos alumnos y que tengan apoyo complementario. 'La posición de la orden es la más congruente con las opciones pedagógicas más adecuadas para los alumnos superdotados, basadas, más que en el adelanto de curso, en el enriquecimiento de su experiencia educativa. Esto último supone que los superdotados tengan unas actividades, contenidos y experiencias más amplias y profundas que los niños de su misma edad, con las que se evite su aburrimiento en el aula. Así se garantiza mejor su equilibrio social y emocional que con el avance de curso, sobre todo si es de dos', señala Marchesi.

Y especifica que 'para que un niño sea considerado superdotado debe tener no sólo una inteligencia claramente superior sino también una creatividad, una persistencia en el esfuerzo y un interés por los temas sustancialmente más elevado que el de los niños de su edad. Para estos alumnos, los centros deberían ofrecer experiencias de aprendizaje personalizadas, preferentemente en el propio aula'.

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