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Columna
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Perpetuidad

Es la sanción que el instructor del expediente abierto a causa del denominado asalto a la Universidad de Sevilla, y que tuvo lugar el pasado día 8 de febrero, quiere que se le imponga a cinco de los estudiantes que, al parecer, intervinieron en el mismo. Una propuesta de sanción que se califica sola. No ya porque sea brutal, injusta y criminal -que puede serlo, como dicen los estudiantes afectados- sino porque, cuando menos, es excesiva y, sobre todo, escasamente prudente.

En el momento actual están abiertas diligencias penales contra estos cinco estudiantes, y veinticuatro más. El Ministerio Fiscal les considera responsables de un delito de desórdenes públicos, y otros daños.

No cabe duda que, con la ley en la mano, es posible la imposición de sanciones de una y otra naturaleza, esto es la expulsión de la Universidad por un lado -sanción universitaria- y penas privativas de libertad por otro -sanción penal. Sin embargo, también con la ley en la mano, es posible que la actuación sancionadora no penal debería aguardar, por un mínimo de prudencia constitucional, la decisión de los tribunales de justicia. La razón es fácil de entender. En el supuesto de que el juzgado de lo penal declarara la inocencia de estos estudiantes, la sanción de expulsión, cualquiera que fuera su extensión, y más si es perpetua, carecería de justificación porque no serían ciertos los hechos en los que se basa, salvo que se quiera admitir que el Estado -sus órganos- pueden hablar, y contradecirse entre sí.

Es una razón que hace pensar que merece la pena aguardar. Además, si se esperara, podría pasar el tiempo suficiente que ayudara a ver las cosas con la serenidad que debe presidir cualquier acto de justicia. Un acto en el que la nota de perpetuidad desaparezca, ya que en nuestro Derecho la perpetuidad no existe ni en los casos de terrorismo, pues el terrorista más asesino, y que mate más veces, no puede ser castigado, ni cumplir -cuando los cumple- más de treinta años de prisión, para darle la oportunidad de incorporarse a la sociedad..

Tal vez, por estas razones, la propuesta de expulsión perpetua pudiera ser, además de una ligereza, un acto de soberbia tan, o mas condenable, que aquellos que dieron lugar a la apertura de este expediente.

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