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El abogado del Estado dice que no se puede reconocer 'a un muerto el derecho a morir'

La respuesta del abogado del Estado, Javier Borrego, a la demanda de Manuela Sanlés, heredera de Ramón Sampedro, tetrapléjico fallecido en 1998, ante el Comité de Derechos Humanos de la ONU, considera carente de sentido reclamar el 'derecho a morir dignamente' de Sampedro, una vez que 'Sampedro murió como él deseaba y nadie fue condenado por ello'. Borrego estima que debe rechazarse la queja, porque 'no es posible humana, científica y jurídicamente hablando, que a un muerto pueda serle reconocido el derecho a morir'.

El abogado del Estado, en las alegaciones al Comité de la ONU sobre el fondo del asunto, añade: 'Resulta sorprendente, y debe hacerse constar, que, a excepción del fallecido señor Sampedro, no hayan encontrado los defensores de la por ellos llamada muerte digna una persona en España, siquiera una, dispuesta a reclamar ese llamado derecho a morir dignamente. Y en lugar de alguien que reclame ese personalísimo derecho, es la heredera del señor Sampedro, fallecido conforme a los deseos que en vida manifestó, la que presenta esta comunicación [equivalente a demanda o reclamación], distorsionando, dicho sea con todo el respeto, los derechos reconocidos en el Pacto [el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos]'.

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Caso penal archivado

La petición de Sampedro a los jueces de que el médico u otra persona que le prestara ayuda a morir no fuera perseguido penalmente, fue denegada por la justicia. Cuando Sampedro, harto de su larga e infructuosa lucha jurídica, recabó una ayuda anónima para, en la madrugada del 12 de enero de 1998, poner fin al sufrimiento continuado y extremo de su existencia, se inició una investigación penal, que terminó archivándose al no averiguar los jueces quién ayudó a Sampedro a morir.

Antes de morir, Sampedro mostró un gran desánimo por la actitud de los jueces ante su caso. Cuando el Tribunal Constitucional, que el 27 de marzo de 1997 admitió a trámite su recurso de amparo, demoró durante meses la resolución, a pesar de la gravedad de la situación del recurrente, Sampedro, unas semanas antes de morir, preguntó a los jueces: '¿Qué significa para ustedes la dignidad? ¿Debe ser castigada la persona que ayude en mi eutanasia?'.

El propio Sampedro contestó a la última pregunta: 'Según la Constitución española -y sin ser un experto en temas jurídicos-, categóricamente NO. Pero el tribunal competente -es decir, el Constitucional- se niega a responder'. Cuando, una vez fallecido, su heredera asumió el recurso, éste fue rechazado.

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