Sanidad pagará por la muerte de una mujer dada de alta prematuramente
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha condenado a la Consejería de Sanidad y al Sanatorio San Jorge de Alcoy a indemnizar con 108.182 euros al marido de una paciente que falleció por una embolia pulmonar sufrida al ser dada de alta 'precipitadamente' después de una operación.
En la sentencia, el tribunal de la Sala de lo Social del TSJ explica que la mujer, Justa A.C., de 51 años, ingresó el 2 de octubre de 1996 para ser intervenida de 'colecistectomía' en el sanatorio San Jorge de Alcoy, al que fue derivada desde el Hospital Virgen de los Lirios en aplicación del plan de choque contra las listas de espera de la Consejeria de Sanidad.
Justa A. C., en contra de la opinión expresada por su esposo al médico que la intervino, recibió el alta médica dos días después de su operación sin que se le indicara ni prescribiera tratamiento domiciliario. La paciente recibió durante varios días la visita en su domicilio de un facultativo del sanatorio. Pero el 20 de octubre, aquejada de un fuerte dolor en la pierna izquierda, se dirigió al servicio de urgencias del hospital público, el Virgen de los Lirios, e ingresó en estado de shock. La mujer murió allí a consecuencia de una embolia.
La sentencia señala que Justa A. C. falleció por una 'degeneración' de su enfermedad a causa del 'alta prematura' que recibió. El fallo afirma que los antecedentes clínicos aconsejaban 'una completa información sobre el comportamiento a seguir en su domicilio'. El tribunal considera que 'no se adoptaron las medidas necesarias para evitar un resultado dañoso', más aún cuando el alta a un paciente operado se da a los nueve días, según indica. El TSJ hace responsable de lo ocurrido a la consejería y confirma la indemnización de 108.000 euros.
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