La paga de 100 euros por hijo en el IRPF se limitará a lo cotizado
La deducción por alquiler tendrá efectos desde el 19 de abril de 2002
La paga de 100 euros al mes por cada hijo menor de tres años requerirá haber cotizado a la Seguridad Social al menos por esa cantidad mensual, según figura en el anteproyecto de Ley del IRPF, conocido ayer. En cuanto a la nueva deducción del 25% por alquiler de viviendas desocupadas, la novedad es que se podrá aplicar a los contratos efectuados desde el pasado 19 de abril. Se crea un nuevo instrumento de ahorro llamado 'planes de previsión asegurados' que tienen las ventajas de los planes de pensiones, pero han de garantizar una rentabilidad.
El texto del nuevo IRPF fue remitido ayer por el Ministerio de Hacienda al Consejo Económico Social para que emita su dictamen. La entrada en vigor está prevista para el 1 de enero de 2003 mediante el sistema de retenciones y en la declaración que se presentará a mediados de 2004. Además de la reducción de tramos (de seis a cinco) y de tipos (del 18% al 15% y del 48% al 45%), que recaerá en su totalidad en la tarifa estatal, los cambios más importantes según los detalles conocidos ayer son los siguientes:
- Paga de 100 euros. Esta paga mensual (1.200 euros anuales) se aplicará por cada hijo menor de tres años, también en caso de adopción. Tendrán derecho las madres que trabajen fuera de casa por cuenta propia o ajena. También podrán percibirla los padres viudos o cuando la guarda y custodia se atribuya, en exclusiva, al padre o tutor. El requisito es haber cotizado a la Seguridad Social o a mutualidades al menos por 1.200 euros anuales (en total, no por cada hijo). Si no se alcanza esa cifra porque se ha cotizado menos meses o menos cantidad, sólo se recibirá la parte correspondiente. La paga se podrá percibir de forma periódica previa solicitud a la Agencia Tributaria, o en forma de deducción de la cuota del IRPF. No está decidido si se podrá cobrar mes a mes o cada más tiempo. Se calcula que habrá unas 460.000 mujeres beneficiarias.
- Rentas del trabajo y 'stock options'. La principal novedad es que la reducción en la base por rentas del trabajo (entre 2.400 y 3.500 euros) se duplica para mayores de 65 años que prolonguen su vida laboral. También se duplica en el caso de desempleados que acepten un empleo que implique cambio de residencia. La reducción se podrá aplicar durante dos años y para tener derecho no se exigirá un tiempo de permanencia en el desempleo. También mejora el tratamiento de las stock options (opciones sobre acciones). El límite de exención se eleva de 3.000 a 12.000 euros anuales. Si se mantienen más de dos años, la ganancia se reduce un 40% (antes un 30%) y si el plan es para toda la plantilla y en función de la antigüedad, esa reducción no tiene límite (18.030 euros en general).
- Reducción por alquileres. La reducción por alquiler de viviendas o locales consistirá en que se podrán descontar los intereses pagados en su caso por la hipoteca, más la amortización del inmueble (aumenta del 2% al 3%), el impuesto sobre bienes inmuebles y el 10% en concepto de gastos de difícil justificación. Si se trata de viviendas, además habrá una reducción del 15% sobre los ingresos brutos. Y si esa vivienda estaba desocupada o es de nueva construcción y se ha sacado al mercado a partir del pasado 19 de abril y hasta el año 2004 se podrá aplicar una reducción adicional del 25% sobre el rendimiento íntegro del alquiler, durante cinco años. La primera declaración del IRPF en que se podrá aplicar esta reducción es en la que se presentará en 2004, aunque el alquiler sea de 2002.
- Planes de previsión asegurados. Es un nuevo producto de ahorro que el IRPF contempla con unas condiciones especiales. Tendrá el mismo tratamiento que los fondos de pensiones (máximo de aportación y de deducción de 8.000 euros anuales) servirán para lo mismo (invalidez, jubilación, fallecimiento), y no serán líquidos. La diferencia es que, obligatoriamente, tendrán que garantizar un tipo de interés y utilizar técnicas actuariales.
- Módulos. La estimación objetiva por módulos también cambia. En este sistema tributan en la actualidad un millón de pequeños empresarios y 785.000 agricultores. Pagan el IRPF en función de unas variables objetivas como el número de empleados, la potencia instalada o la superficie del negocio. La novedad es que, para estar en ese régimen, hasta ahora bastaba con justificar ventas inferiores a 450.000 euros al año, lo que no era de fácil comprobación para Hacienda. Se ha añadido otro baremo de más fácil control que es el de garantizar compras por menos de 300.000 euros al año. A los agricultores no les afecta este nuevo límite porque ya lo tienen. Hacienda estima que saldrán del sistema unos 30.000 pequeños empresarios.
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