_
_
_
_

El TSJC condena a la Generalitat por perjudicar al Ayuntamiento de Mollet del Vallès

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha dictado una sentencia sin precedentes por la que condena a la Generalitat por 'lesionar' los intereses económicos del Ayuntamiento de Mollet del Vallès (Vallès Oriental). La resolución judicial no sólo obliga al Gobierno catalán a restituir las cantidades y los intereses que el consistorio dejó de ingresar por una decisión del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, sino que además establece un precedente en la polémica sobre cómo afrontar los costes del abastecimiento de agua potable.

El contencioso entre ambas administraciones se remonta a 1993, cuando la Comisión de Precios de la Generalitat no autorizó las tasas de suministro de agua potable aprobadas por el pleno municipal de Mollet, que se habían determinado a través de un estudio de costes. A pesar de que el Ayuntamiento ganó posteriormente un recurso contra la decisión de la Generalitat, la aplicación de las antiguas tasas generó al organismo local un déficit en la gestión del servicio de 6,6 millones de pesetas (40.000 euros) correspondientes a los años 1993 y 1994. La sentencia del Tribunal Superior obliga ahora al Ejecutivo catalán a restituir esta cantidad y a pagar los intereses correspondientes hasta el día de hoy, lo que sitúa la cifra en unos 54.000 euros (alrededor de nueve millones de pesetas).

Motivos injustificados

'La importancia no está en la cuantía económica, sino en el reconocimiento de que la Generalitat ha lesionado claramente los intereses de esta corporación', ha afirmado la alcaldesa de Mollet, la socialista Montserrat Tura. En ese sentido, Tura destaca que la sentencia 'critica la actuación de la Generalitat por el trato que ha tenido hacia la Administración local'. Además, añade, la resolución revela que los motivos de la Generalitat para desautorizar la tasa, como los costes elevados de personal, 'no tienen fundamento', ya que existía un convenio firmado y una plantilla aprobada. La propia sentencia señala que 'no es lícito' que el Gobierno catalán se escudase en la falta de un dictamen de la Comisión Jurídica Asesora porqué sólo la Generalitat puede solicitarlo.

Con todo, Tura entiende que la sentencia comporta una 'doctrina implícita' respecto a la gestión en el suministro de agua potable en los municipios. 'El cálculo cuidadoso del servicio de abastecimiento es imprescindible y las tarifas deben cubrirlo íntegramente', afirma la alcaldesa de Mollet, que hace hincapié en el hecho de que la sentencia 'critica que los ciudadanos paguen el déficit generado por la decisión de la Generalitat' y obliga a compensarlo 'evitando que recaiga sobre los usuarios, como pretendía el Departamento de Industria'. Por ese motivo, Tura se mostró satisfecha 'por lo que la sentencia representa en defensa de la autonomía municipal'.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_