Ilegalizar lo ilegítimo
A estas alturas, sólo desde la ignorancia o la complicidad se puede poner en duda que Batasuna forma parte de una empresa de intimidación social dirigida por ETA. No es lógico que una organización que colabora a hacer eficaz la coacción terrorista pueda ampararse en la legalidad e incluso recibir fondos públicos. Por tanto, es una obligación de las instituciones intentar acabar con esa perversión del sistema democrático. Es lo que se intenta mediante la nueva Ley de Partidos Políticos, cuyo borrador envió ayer el Gobierno al Consejo de Estado y al Consejo del Poder Judicial, como paso previo a su remisión al Parlamento.
Todavía a mediados de los ochenta se consideraba una evidencia que la consolidación del sistema democrático y autonómico haría entrar en razón a ETA y HB o provocaría, al menos, la ruptura del brazo político con el militar. Muchos políticos y medios de comunicación sostenían que la ilegalización de Batasuna -entonces Herri Batasuna (HB)- sólo serviría para interferir en ese proceso inevitable. Han pasado 23 años desde el nacimiento de HB. Es evidente que aquella esperanza resultó ser un espejismo, y en cambio se han convertido en abrumadoras las pruebas sobre la dependencia de Batasuna respecto a la banda. No puede ser normal que quienes impiden ser libres a muchos ciudadanos, coaccionándoles en connivencia con unos pistoleros, gocen de impunidad amparados en los privilegios que la sociedad concede a los representantes políticos.
Para acabar con esa impunidad se ha elegido la vía de establecer un marco legal más preciso que el de la Ley de Partidos de 1978, anterior a la Constitución. Es una decisión acertada porque, con la ley actual, los seis años de juicios y recursos sobre la legalización de HB desembocaron en la desautorización por parte del Supremo de la decisión del Registro de Asociaciones Políticas de denegar la inscripción de dicha formación. El argumento fue que un organismo administrativo del Estado no puede tener en sus manos la posibilidad de decidir sobre el derecho constitucional de asociación. Ahora se detallan los antes muy genéricos motivos de ilegalización, de manera que los jueces puedan decidirla a instancias del Gobierno, 50 parlamentrios o el ministerio fiscal. Se trata, por tanto, de replantear la cuestión con un instrumento legal más afinado, que recoja la experiencia de estos años, incluyendo la de los eventuales cambios de denominación para burlar la legalidad.
El borrador, avalado por el primer partido de la oposición, y que ahora se intentará consensuar con las demás formaciones, produce la impresión de haber sido estudiado con cuidado, midiendo con rigor los supuestos de ilegalidad. La lista de motivos va desde la vulneración 'de forma reiterada y grave' de los principios democráticos y valores constitucionales a la defensa o exculpación 'sistemática' de los atentados contra la vida, la integridad o la dignidad de las personas. También será motivo de ilegalización 'complementar la acción de organizaciones terroristas' para el cumplimiento de los objetivos de éstas, o tratar de obtener beneficio político de la actuación del terrorismo, etc. La inclusión de términos como 'reiteración', 'práctica sistemática' y similares parece una cautela garantista: un partido no puede ser ilegalizado porque un concejal se niegue a condenar un atentado, pero sí cuando a lo largo de 23 años -como es el caso de Batasuna- ha justificado todos los de ETA en todas las instancias en las que ha estado presente esa formación.
Que la decisión quede en manos de los jueces -una sala especial del Supremo- es también una garantía frente a eventuales arbitrariedades del poder político o interpretaciones abusivas del alcance de la ley. Es cierto que la ilegalización judicial de Batasuna tendría seguramente graves efectos políticos, difíciles de medir por adelantado. El hecho de que Batasuna cuente con miles de votantes deberá ser tenido en cuenta, pero no podrá ser un argumento definitivo para considerar legal lo que es claramente ilegítimo. Debe quedar claro que no se trata de un instrumento para ilegalizar la disidencia; el independentismo pacífico puede defender legalmente sus ideas, como lo hace ERC en Cataluña o Eusko Alkartasuna en Euskadi, por ejemplo. Lo que pretende la ley es que no pueda ser legal una organización que forma parte de un entramado de intimidación social, al que legitima.
Por eso, la equiparación que ayer intentó Arzalluz entre la eventual disolución de Batasuna y los estados de excepción del franquismo, argumentando que 'ya se vio cuál fue su eficacia', supone una ofensa a los miles de demócratas que sufrieron aquella medida destinada a impedir la libertad; ahora se trata de lo contrario.
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