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Córdoba pierde 2,1 millones del IBI rústico de 1995

El Ministerio de Hacienda ha comunicado al Ayuntamiento de Córdoba que no le compensará la pérdida de 2,13 millones de euros (355,7 millones de pesetas) que dejó de ingresar en 1995 por el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) de naturaleza rústica por haber prescrito el plazo para esa reclamación. El Ayuntamiento solicitó el 11 de julio de 2001 esa compensación después de que un decreto ley de 1995 contemplara la condonación del pago correspondiente al ejercicio de 1995 de las cuotas y recargos devengados de ese tributo para las explotaciones agrarias que a causa de la falta de precipitaciones, en el secano, o de una reducción de las dotaciones de agua, en el regadío, hubiesen sufrido en aquella fecha unas pérdidas medias de la cosecha en los cultivos o aprovechamientos ganaderos al 50% de la producción normal. La misma norma establecía la compensación a los ayuntamientos afectados por esos beneficios fiscales.

La corporación reclamó esa compensación el 11 de julio de 2001, ya que dio de baja en su contabilidad un total de 3.115 recibos de contribuyentes afectados por esa norma estatal. Hacienda ha contestado al Ayuntamiento que su reclamación se ha presentado transcurrido más de cinco años, 'periodo de prescripción previsto'. El Ayuntamiento ha presentado recurso contencioso-administrativo contra esa resolución ante en Tribunal Superior de Justicia de Madrid al entender que la reclamación no ha prescrito.

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