La Constitución y el 11-S
Durante los quince meses que duró la elaboración de la Constitución murieron en España como víctimas del terrorismo 71 personas (23 civiles, 23 policías, 22 guardias civiles y 3 militares). Fueron meses en los que el Ejército y las fuerzas de seguridad hicieron grandes presiones sobre la naciente democracia para que se les dotara de todo tipo de instrumentos para luchar contra aquel horror y en los que pesó sobre la sociedad un áspero clima de incertidumbre, indignación y miedo. Y pese a todo ello, la Constitución pactada en 1978 optó claramente por consagrar los derechos humanos y defender la intimidad del individuo frente al Estado, estableciendo un entramado de garantías e instrumentos legales para protegerlos.
Pasados casi 25 años resulta sorprendente que lo que no aceptó aquella sociedad se plantee ahora casi con naturalidad a raíz de los atentados terroristas cometidos el 11 de septiembre en Washington y Nueva York. La indignación e incertidumbre que provocan esos atentados están alimentando hoy respuestas que se desecharon entonces y que plantean serias dudas sobre su adecuación a la Constitución española.
No hay por qué suponer que los políticos, diputados y senadores que respaldaron aquel texto legal fueran ingenuos seráficos, ni que se movieran por impulsos benéficos; eran bien al contrario personas acostumbradas a encarar cotidianamente una realidad bastante violenta y compleja. Y estuvieron plenamente de acuerdo en establecer una serie de medidas especiales para hacer frente al terrorismo.
La Constitución previó la suspensión por ley orgánica de los derechos a no ser detenido durante más de 72 horas, a la inviolabilidad del domicilio y al secreto de las comunicaciones 'para personas determinadas, en relación con las investigaciones correspondientes a la actuación de bandas armadas o elementos terroristas'. Es decir, junto a la posibilidad de suspensión, introdujo la importante prohibición de un uso generalizado y prospectivo de la misma. Y dejó claramente establecida la responsabilidad penal 'para los casos de utilización injustificada o abusiva'.
Las legislaciones antiterroristas posteriores que han pretendido un uso exagerado de esas limitaciones han sido corregidas por el Tribunal Constitucional, como la que intentó ampliar hasta 10 días la detención policial de terroristas o la que quiso facilitar la famosa patada en la puerta en las investigaciones policiales contra el narcotráfico.
Si los compromisos de España con Estados Unidos, que insistentemente invoca el presidente José María Aznar, incluyen peticiones como las que ya ha formulado Washington al conjunto de la Unión Europea, se puede afirmar que existirá una gran dificultad porque implican atajos en la lucha antiterrorista que no caben dentro de la Constitución y que exigirían su reforma con el apoyo, quizás no imposible, de los votos de la oposición socialista.
Aquí, en España, no es posible prolongar los periodos de detención policial de terroristas durante más de cinco días ni introducir, como desea Washington, mecanismos generales que permitan ejercer un mayor control sobre el correo electrónico ya que la intimidad personal en el uso de la informática está protegida por el mismo artículo constitucional que ampara el correo postal. Y como la Constitución es expresamente abolicionista, el Parlamento español ya se ha pronunciado contra la posibilidad de extraditar a un sospechoso a un país donde pueda ser condenado a la pena de muerte, como ocurre en Estados Unidos.
Ayudar a Estados Unidos en su esfuerzo internacional contra el terrorismo, con la esperanza, además, de obtener reciprocidad en la lucha contra el terrorismo 'local' es un planteamiento sin duda compartido por una mayoría de los españoles. Pero aunque existan emociones que impulsen a ampliar las atribuciones en la lucha antiterrorista, no hay razones que justifiquen en estos momentos una reforma del pacto constitucional.
Quienes conocieron el terrible clima en el que se alcanzó aquel acuerdo sabrán dosificar los sentimientos de incertidumbre y miedo. Y defender, como defendieron entonces, que aunque los atentados terroristas hayan cambiado muchas cosas, en España y en el mundo, hay derechos fundamentales de los individuos, sean ciudadanos españoles, inmigrantes legales o ilegales o simples visitantes, que tienen que permanecer inalterables porque constituyen, precisamente, aquello por lo que merece la pena luchar contra el terrorismo.
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