El impuesto extremeño a la banca no vulnera la Constitución, según expertos en financiación autonómica
El proyecto de ley del impuesto a los bancos y cajas aprobado el martes por la Junta de Extremadura no vulnera los principios constitucionales, según la opinión de algunos expertos en financiación autonómica que asisten al curso sobre esta materia en la Universidad del País Vasco.
El profesor de la Universidad de Castilla-La Mancha Andrés Sánchez Pedroche cree que 'no parece en principio' que el citado proyecto de ley 'suponga una vulneración flagrante de ningún principio constitucional'.
Sánchez Pedroche, quien considera que 'no está mal' que las comunidades autónomas 'inventen impuestos' si no quieren ir por la vía de los recargos que impone el Estado, manifestó que los ciudadanos no se niegan a pagar más impuestos, siempre que reciban a cambio mayores servicios.
En esta misma línea, Carlos Monasterio, catedrático de la Universidad de Oviedo y coautor del llamado Libro Blanco de la financiación autonómica, opina que el proyecto de ley del impuesto a los bancos y cajas, 'es la materialización de las posibilidades que la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA) permite a las autonomías'. Según Monasterio, 'la duda o la discrepancia sobre el impuesto de la Junta de Extremadura puede venir por aquellos que crean que supone una duplicidad de las cuestiones imponibles'. Monasterio dijo que 'es probable que haya una repercusión por una vía indirecta del impuesto' y puso como ejemplo el de un posible encarecimiento de los créditos bancarios.
Respecto a la Ley de Cooperación Autonómica, por la cual el Gobierno central se reservaría el derecho de supervisar por adelantado los proyectos de ley que elaboren los gobiernos autonómicos, Monasterio destacó que 'es una posibilidad que existe y es una competencia que la Administración central del Estado tiene y puede ejercer cuando le parezca adecuado'. Pese a ello, criticó que desde el Gobierno 'se anime' a la corresponsabilidad fiscal y después recurra la ecotasa balear, o los impuestos de grandes superficies de Cataluña y el de la banca de Extremadura.
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