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El Constitucional celebra su primera vista pública sobre un amparo contra el ruido callejero

Los 12 magistrados del Tribunal Constitucional celebraron ayer la primera audiencia pública del pleno y dejaron visto para sentencia el recurso de amparo de una mujer, que alega vulneración de su derecho a la intimidad e inviolabilidad de domicilio, a causa de los ruidos nocturnos del barrio de San José, de Valencia, en el que vive, y que le produjeron insomnio. El máximo intérprete de la Constitución tiene entre sus principales competencias anular leyes, resolver conflictos entre el Estado y las comunidades autónomas y amparar a los ciudadanos frente a la violación de sus derechos fundamentales.

Con el salón de plenos lleno de periodistas y juristas, Andrés Morey, letrado de la recurrente, Pilar Moreno, explicó la lucha vecinal contra los ruidos y vibraciones del barrio valenciano de San José, que llegaron a más de 85 decibelios, cuando la Organización Mundial de la Salud (OMS) estima inaceptables 65, así como las 175 infracciones no sancionadas, cometidas por la discoteca Ágora, ante la pasividad del Ayuntamiento, y la falta de tutela judicial del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

Gregorio Cebreiro, abogado del Ayuntamiento de Valencia, negó viabilidad al recurso de amparo por no haberse violado ningún derecho fundamental y, en descargo de la corporación, adujo que se había declarado la zona 'acústicamente saturada'. Responsabilizó de los ruidos al tráfico y a la concentración de universitarios.

El fiscal Juan Cesáreo Ortiz Úrculo estimó conculcado el derecho a la inviolabilidad de domicilio en la interpretación dada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos desde el caso López Ostra, en el que condenó a España por los olores de una empresa de curtidos en Murcia. En aquel caso se concedió una indemnización.

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