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LEY DE UNIVERSIDADES

Educación suprime la selectividad en su reforma universitaria

Cada centro decidirá las pruebas de acceso

La nueva normativa -que modifica la Ley de Reforma Universitaria (LRU), de 1983- incluye además cambios relevantes relacionados con el profesorado y los órganos de Gobierno de las universidades. La ministra confirmó también que el profesorado universitario deberá superar una prueba de habilitación estatal y posteriormente será seleccionado por los centros con plazas vacantes, que se crean además dos figuras de docentes (ayudante doctor, contratado doctor) y anunció que se creará un nuevo órgano universitario, el consejo de gobierno. Pilar del Castillo no descartó que además de esta prueba por centros los alumnos tengan que superar una reválida al final del bachillerato. Señaló que es necesario esperar a que esté listo el texto de la Ley de Calidad -que no tendrá listo el ministerio hasta después del verano- para saberlo.

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Este anteproyecto se debatirá en las próximas semanas en distintas comisiones de Consejo de Universidades (integrado por los rectores y representantes de las comunidades autónomas). Posteriormente se llevará un texto más articulado a un nuevo pleno de este órgano y el ministerio recogerá las observaciones de sus representantes. Antes del verano será presentado el documento definitivo al Consejo de Estado y al Consejo de Ministros y posteriormente al Congreso de la Diputados. La discusión parlamentaria comenzará en septiembre y la previsión es que esta tramitación dure como máximo un año (hasta mediados de 2002). Posteriormente se dará un plazo presumiblemente de otro año a las universidades para que organicen sus sistemas de acceso (hasta 2003). La última prueba de selectividad sería entonces la del curso 2002-2003. Éstas son las principales medidas que incluirá la ley:

- Pruebas de acceso por universidades. Las universidades escogerán a sus estudiantes, según los criterios que ellas mismas establezcan 'respetando los principios de igualdad, mérito y capacidad', según el Gobierno. Los alumnos que quieran tener la oportunidad de entrar en varios centros deberán examinarse en cada uno de ellos o presentar una solicitud en el caso de que no haya límite de plazas. Según el ministerio, con este sistema, los alumnos podrán ponerse en contacto con las universidades durante el bachillerato e incluso remitirles su expediente académico en los cursos anteriores.

Las pruebas por centros seguirán presentando problemas en la carreras con más demanda, que es lo mismo que ocurre actualmente con la selectividad. En las titulaciones muy solicitadas -como Ingeniería de Telecomunicaciones y Medicina, por ejemplo- seguirá habiendo un cupo de plazas. Una de las incógnitas no resueltas aún es qué pasará con los alumnos que hagan la prueba de acceso para una carrera determinada de una universidad y no consigan una plaza. Una posibilidad sería que las universidades firmaran convenios que permitieran homologar las pruebas realizadas en cada una.

- Elección del rector. Los rectores serán elegidos por sufragio universal ponderado. Votarán -tras una campaña electoral de los candidatos- estudiantes, profesores y personal administrativo y de servicios de su universidad, aunque se valorará más el voto del profesorado. Actualmente, el rector es elegido por los miembros del claustro y también tienen una ponderación mayor los votos de los representantes del profesorado (60% como mínimo).

- Selección del profesorado. Se modifica el proceso de selección del profesorado universitario para incluir una habilitación estatal -y no por universidades, como se hace ahora- para acceder a una plaza de titular o de catedrático. El tribunal estará formado por siete miembros elegidos por sorteo entre los profesores funcionarios de toda España.

- Nuevas figuras de docentes. Se establecen dos nuevas figuras de profesores no funcionarios: el ayudante doctor y el profesor contratado doctor. El ayudante doctor podrá ser contratado por una universidad por un máximo de cuatro años y pero para serlo no pueden haber estado vinculados en los últimos dos años a ese centro. El profesor contratado doctor debe acreditar dos años de actividad posdoctoral docente o investigadora y hayan recibido una evaluación externa positiva. Se flexibiliza además la figura del ayudante no doctor porque podrá permanecer el doble de años en esta categoría (hasta cuatro años antes de defender la tesis doctoral, actualmente son dos).

- Órganos de Gobierno. Se crea un nuevo órgano: el Consejo de Gobierno, presidido por el rector. Según la ministra 'el gobierno de la universidad corresponderá en esencia al Consejo de Gobierno, quien con su Consejjo de Dirección llevará la dirección y gestión ordinaria. La representación y control serán ejercidos por el claustro, el Consejo Social y una Junta Consultiva. Dos tercios de los miembros del Consejo de Gobierno serán de la comunidad universitaria y otro tercio serán miembros no académicos del Consejo Social. Los consejos sociales mantendrán la representación y las funciones que tienen actualmente. Los estudiantes estarán representados sólo en los órganos de representación pero no en los de gobierno. Estarán en el claustro, y no en el Consejo de Gobierno, que sustituye a la actual Junta de Gobierno en algunas funciones y en la que sí están representados ahora los alumnos.

- Agencia de Evaluación. Se creará una Agencia de Evaluación y Calidad de las Universidades a cuya valoración se presentarán de forma voluntaria las universidades.

La ministra de Educación, Pilar del castillo, el miércoles en el Congreso.
La ministra de Educación, Pilar del castillo, el miércoles en el Congreso.EFE

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