Garzón ilegaliza Ekin el mismo día que la Audiencia excarcela a siete de sus miembros
Dos jueces arguyen que ningún documento vincula a esa organización con la banda terrorista
El auto de la Sección Cuarta Penal de la Audiencia Nacional, acordado finalmente por los magistrados Carlos Cezón y Juan José López Ortega, al que opuso un durísimo voto discrepante el tercer juez del tribunal Antonio Díaz-Delgado, excarcela a siete de los 14 dirigentes de Ekin enviados a prisión por Garzón al considerar que los indicios delictivos respecto a ellos son 'de menor intensidad' que los existentes respecto a los imputados a los que se mantiene en la cárcel.
La salida en libertad de siete de los inculpados, después del frenazo dado el martes a las excarcelaciones, provocó una fuerte decepción en medios judiciales y fue calificado de 'disparate' por algunos dirigentes vascos, como el socialista Javier Rojo. El Gobierno, a su vez, dio un espaldarazo a la labor de Garzón al asegurar el ministro del Interior, Mariano Rajoy, que ETA y Ekin 'son lo mismo' y expresar su 'satisfacción' por la ilegalización de Ekin.
Según Garzón, Ekin es una creación de ETA a través de la cual, la organización terrorista dirige el control de los aspectos financieros y económicos del entramado que la rodea, el desarrollo de la violencia callejera o kale borroka, las campañas de desobediencia civil y la dirección política del conjunto del llamado Movimiento de Liberación Nacional Vasco (MLNV).
Pero el auto de la Audiencia Nacional parte de que la constitución de Ekin es 'una iniciativa surgida en el seno de la izquierda abertzale' que 'no resulta indiferente a la organización terrorista ETA', pero insiste en la necesidad de verificar la existencia de una relación de subordinación, orgánica o funcional, entre ambas organizaciones, y afirma que no existe documento alguno 'que permita establecer de forma directa la existencia de tal vinculación entre ambas organizaciones'.
Los magistrados no dan mayor relevancia al hecho de que la constitución de Ekin se difundiese en 'la revista Zutabe nº 82, de ETA', y a que Ekin se presentara a sí misma como sucesora de KAS, ya que al día siguiente, los promotores de Ekin 'desmintieron esta información'.
Actos de 'kale borroka'
Los magistrados Cezón y López Ortega opinan también que para relacionar a los detenidos con la kale borroka, 'hay que concretar de forma precisa, los actos realizados por los imputados induciendo, promoviendo o ejecutando materialmente tales actos violentos'.
En este apartado, Garzón documenta un escrito denominado 'Ciclo Político 99-00' con un anexo denominado 'Métodos de lucha' que se refiere 'a vías de presión', que no son otras que 'la presión terrorista de ETA'. y 'su complementaria la kale borroka'. Pero, según los jueces, este documento 'no aparece firmado por Ekin'. Respecto a otra referencia , hallada en poder de la detenida Olatz Eguiguren, bajo el título 'K. B.', que dice que 'la presión hay que aumentarla', los dos magistrados señalan: 'No nos corresponde interpretar el sentido de estos textos'.
Los magistrados reconocen que la 'jornada de lucha' convocada en homenaje a los cuatro etarras que murieron destrozados por su propia bomba el pasado verano en Bilbao, constituye en sí 'un acto de exaltación de la violencia terrorista y por tanto, punible, como una forma de contribución moral, si se dan los requisitos legalmente establecidos para aplicar el tipo de apología del terrorismo'. Pero 'cuestión distinta es', añaden, 'decidir si Ekin ha promovido o participado en la realización de tales actos de violencia'. Por fin señalan que el imputado Paul Asensio asumió, 'por cuenta de Ekin', la organización del homenaje .
Respecto a las acusaciones de Garzón contra el abogado Txema Matanzas, el tribunal las rechaza en su totalidad. Según los jueces, 'recibir o dar información' sobre la huelga de hambre de presos de ETA no es 'controlar la huelga' de reclusos etarras porque sus interlocutores son abogados, o presos cuya defensa tiene encomendada.
También rechazan que Matanzas difundiese el nombre de un funcionario de prisiones como responsable de haber maltratado a un recluso. Para el tribunal, Matanzas no hizo una 'labor de señalamiento' a la organización terrorista sino que hizo un relato para la elaboración de una noticia periodística'.
El tribunal ha confirmado la imputación del delito de integración en banda armada a los 14 integrantes de Ekin, establecida por Garzón, y ha dejado en libertad bajo fianza de un millón de pesetas a Txema Matanzas, Rubén Nieto, Xabier Balanzategi, Francisco Gundín, Unai Hernández, Antton Ollokiegi y David Soto. Quedan en prisión Ana Lizarralde, Olatz Eguiguren, Paul Asensio, Juan María Mendizábal, Xabier Alegría, Peio Sánchez y Jaime Iribarren.
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